En el día de hoy, martes 26 de julio de 2016, siendo las 10:00 a.m. día y hora señalado, se trasladó y constituyó este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con el auto de fecha 18 de julio de 2016, junto con la ciudadana BLANCA AMIRA ACUÑA ALBARRACIN, titular de la cédula de identidad Nº V-22.640.579, parte solicitante, plenamente identificada en autos, asistida por los abogados en ejercicio MARIA ALEJANDRA CHOURIO SANCHEZ y RAFAEL OVILSO RAMIRES HERRERA, titulares de las cédulas de identidad Nºs V-12.228.585 y V-13.891.901 e inscritos en el IPSA bajo los N°s 77.572 y 241.871, en la siguiente dirección: Barrio Ambrosio Plaza de Pueblo Nuevo, Nº 3-18, carrera 6, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de llevar a efecto la Inspección Judicial acordada. Se encuentra presente la ciudadana BLANCA AMIRA ACUÑA ALBARRACIN, con el carácter de propietaria del inmueble objeto de inspección, a quien la ciudadana Juez le notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio. Acto seguido el Tribunal procede a dejar constancia de los particulares solicitados de la siguiente manera: AL PRIMERO: El tribunal deja constancia que efectivamente existe una pared de bloque de cemento. AL SEGUNDO: El Tribunal deja constancia que efectivamente se observa una pared divisoria de bloque de cemento construida junto a la vivienda ocupada por la solicitante de la presente inspección, que a su vez forma parte de una pared que viene en línea recta desde la entrada del galpón dentro del cual se encuentra la vivienda ocupada por la solicitante. Es de resaltar que la referida vivienda fue construida utilizando la pared descrita, observándose grietas y fisuras en el área de la pared sobre la cual se encuentra la vivienda, observándose igualmente un hueco en el baño de la vivienda por donde se observa el tronco de un árbol. AL TERCERO: El Tribunal deja constancia que efectivamente junto a la pared descrita en el particular anterior se observa un árbol de gran dimensión, sobresaliendo en gran extensión de la pared, prácticamente montado sobre la misma, cuyas ramas abrazan dicha pared, generando una curvatura sobre la misma. AL CUARTO: El Tribunal deja constancia que se observan los daños descritos en el particular tercero. En estos términos queda efectuada la Inspección Judicial sobre el inmueble antes identificado, sin emitir ningún pronunciamiento sobre el fondo del asunto, Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a la 11:15 a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.



Abg. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
JUEZ TITULAR



BLANCA AMIRA ACUÑA ALBARRACIN Abg. MARIA ALEJANDRA CHOURIO SANCHEZ
SOLICITANTE ABOGADO ASISTENTE


RAFAEL OVILSO RAMIRES HERRERA
ABOGADO ASISTENTE


NORMA MAGALLY ONTIVEROS CHACON
SECRETARIA TEMPORAL
RMCQ/Magally o.
Sol. Nº 460-16