REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Michelena, seis (6) de julio del 2016.
206º y 157º
SOLICITANTE: Nancy Foraima Bacca de Chacon, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.091.998.
ABOGADO ASISTENTE: María Fernanda Rondon Suárez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 115.934.
MOTIVO: DIVORCIO (FUNDAMENTADA EN EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL)
Se recibió el presente procedimiento de divorcio 185-A, interpuesta por el ciudadano Nancy Foraima Bacca de Chacon, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.091.998, asistida de la abogada María Fernanda Rondon Suárez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 115.934, solicitando se citará al ciudadano José Antonio Chacon Ramírez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.029.564, domiciliada en la vereda 4 N° 15 sector I, urbanización nueva Lobatera del Municipio Lobatera del Estado Táchira.
Por auto de fecha 6 de junio del 2016, se admitió la solicitud presentada y se ordenó la citación del ciudadano José Antonio Chacon Ramírez, asimismo se ordenó la citación del Fiscal Especializado de Protección del Niño, del Adolescente y la Familia del Ministerio Público, según consta de boleta de notificación firmada que corre agregada al folio veinticinco (25) del expediente.
Mediante diligencia de fecha 20 de junio del 2016, la alguacil adscrita a este Juzgado informo que cito al ciudadano José Antonio Chacon Ramírez, (F.24).
Mediante escrito de fecha 27 de junio del 2016, el ciudadano José Antonio Chacon Ramírez, asistido de la abogada Gladys José Rodríguez de Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 11.149, ratificando en todas y cada una de sus partes lo expuesto por su cónyuge.
Cumplidos los requisitos de ley, el divorcio debe declararse con lugar y así formalmente se decide.
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el Divorcio POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN interpuesta por la ciudadana Nancy Foraima Bacca de Chacon, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.091.998, asistida de la abogada María Fernanda Rondon Suárez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 115.934, en contra del ciudadano José Antonio Chacon Ramírez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.029.564. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos por ante el Registro Civil del Municipio Lobatera del Estado Táchira, en fecha veinticinco (25) de agosto de 1983, según Acta de Matrimonio Nº 10.
Liquídese la comunidad conyugal si hubiere lugar a ello.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Juzgado Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Michelena a los seis (6) días del mes de julio del año dos mil dieciséis. Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.-
Dra. Alicia Katherine Cárdenas de López
La Juez Temporal
Argilisbeth García Torres
Secretaria
En la misma fecha y previa las formalidades legales, se dictó y publicó la anterior sentencia siendo las nueve de la mañana, dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal.
Sol N° 1.781-2016
AKCL/Agt.- Argilisbeth García Torres
Secretaria
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