REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS.
206° Y 157°
Maiquetía, 28 de julio de 2016.-

ASUNTO: WP12-S-2016-000592
SOLICITANTE: MARTHA ADRIANA GALEANO DE SALGUERO
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por la ciudadana MARTHA ADRIANA GALEANO DE SALGUERO, mediante la cual solicitaron se les declare a ella y a sus hijos, ciudadanos FABIANA ANDREA SALGUERO GALEANO, EDWIN MAFFINS SALGUERO GALEANO, ZEEM CAROLINA SALGUERO GALIANO, ALEJANDRA SPIRROS SALGUERO GALEANO y VICTOR NATSUE SALGUERO GALEANO, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto de la de cujus: VICTOR MANUEL SALGUERO PEÑA, quien falleció en fecha 13/01/2016 y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-4.856.413. Asimismo, vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia el fallecimiento del causante y su filiación con los solicitantes como esposa e hijos, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por la peticionante, quienes fueron contestes al afirmar que conocen a los mismos y les consta el fallecimiento del causante y su filiación con los mencionados ciudadanos. Examinadas las pruebas, se demuestra correspondencia con los hechos alegados por la parte solicitante, motivo por el cual este Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los referidos ciudadanos, como herederos del prenombrado causante, por lo que, nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARTHA ADRIANA GALEANO DE SALGUERO, FABIANA ANDREA SALGUERO GALEANO, EDWIN MAFFINS SALGUERO GALEANO, ZEEM CAROLINA SALGUERO GALIANO, ALEJANDRA SPIRROS SALGUERO GALEANO y VICTOR NATSUE SALGUERO GALEANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.545.121, V-15.779.285, V-17.560.792, V-18.710.369, V-26.223.057 y V-18.710.471, con respecto al de cujus: VICTOR MANUEL SALGUERO PEÑA, quien falleció en fecha 13/01/2016 y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-4.856.413, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los veintiocho (28) días del mes de Julio del año dos mil dieciséis (2016). AÑOS. 206° de la Independencia y 157º de la Federación.
ELJUEZ,

Dr. PEDRO LUIS FERMIN
LA SECRETARIA,
Abg. ZAYDA MIRANDA
En la misma fecha siendo las 12:44 p.m., se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
Abg. ZAYDA MIRANDA




PLF/ZM/almeide.-