REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
ASUNTO: WP12-S-2016-000637
SOLICITANTE: LUISA AMELIA PACHECO DE SANCHEZ
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por la ciudadana LUISA AMELIA PACHECO DE SANCHEZ, debidamente asistida por la Abogada DIELIXA MARLENE CABALLERO PACHECO, mediante la cual solicitó se le declare a ella y a sus hijos FRANCISCO RAFAEL SÁNCHEZ PACHECO, RAFAEL ENRIQUE SÁNCHEZ PACHECO e YSABEL MIREILY SANCHEZ PACHECO, como Únicos y Universales Herederos, respecto del de cujus: RAFAEL SANCHEZ GOMEZ, quien falleció en fecha 20/08/2012, y en vida fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-12.460.792., corresponde emitir el pronunciamiento.
Vistas las probanzas aportadas como fundamento de su solicitud, contenidas en las copias certificadas de las Actas de Defunción, de Matrimonio y de Nacimientos insertas a los folios 4 al 10, las cuales de conformidad con la Ley Orgánica de Registro Civil tienen carácter de documentos públicos, y como derivan efectos probatorios en cuanto al fallecimiento del causante y su filiación con la solicitante como esposa, y con sus hijos. Documentos que adminiculados con las declaraciones de los testigos presentados por la solicitante, ratifican los hechos alegados como fundamento de lo solicitado.
Examinadas las pruebas, se demuestra correspondencia con los hechos alegados por la parte solicitante, motivo por el cual este Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los referidos ciudadanos, como herederos del prenombrado causante.
Siendo así, nada obsta para que éste Tribunal declare: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos LUISA AMELIA PACHECO DE SANCHEZ, FRANCISCO RAFAEL SÁBCHEZ PACHEO, RAFAEL ENRIQUE SÁNCHEZ PACHECO e YSABEL MIREILY SANCHEZ PACHECO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.914.561, V-7.998.531, V-10.197.981 y V-13.672.122, respectivamente, con respecto del de cujus: : RAFAEL SANCHEZ GOMEZ, fallecido en fecha 20/08/2012, y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-12.460.792, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y de Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los cuatro (04) días de Junio de 2016.
AÑOS. 206° de la Independencia y 157º de la Federación.
LA JUEZ, LA SECRETARIA Acc.,
Dra. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ Abg. MAGLI GONCALVES
En la misma fecha siendo las 9:55 de la mañana, se publicó y registro la anterior sentencia.
LA SECRETARIA Acc.,
Abg. MAGLI GONCALVES
SRP/MG/dioni.-
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