REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 03 de Marzo 2016
205º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL WP01-D-2012-000301
AUTO DECLARANDO CON LUGAR REVISION DE SANCIONES CON CESACION PARCIAL
Este Tribunal de Ejecución en el día de ayer 02/03/2016 se efectuó Audiencia de REVISION DE SANCIONES en la causa seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cédula de Identidad, nacido el 01/09/1994 actualmente de 21 años de edad, revisado el Informe evolutivo y escuchado Al Delegado del Centro de Orientación y la argumentación de las partes, se realiza Revisión de Sanciones de conformidad al artículo 647 literal e) conforme a la LOPNNA y se declaró Modificar el régimen de presentaciones dentro de las Reglas de Conducta además que cumplió todo el Servicio Comunitario y se puede Cesar, pasa de seguida esta Decisora a fundamentar esta decisión conforme al artículo 157 del COPP.
Revisado la causa se evidencia que en fecha 08/07/2015 fue publicado Sentencia por el Tribunal Primero de Control de esta misma Sección Penal de Adolescentes quien en aplicación del procedimiento de admisión de Hechos declaró penalmente responsable a IDENTIDAD OMITIDA pro el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN TENTATIVA ACABADA POR MOTIVOS FUTILES EN COMPLICIDAD CORRESPECTIVA en perjuicio de IDENTIDAD OMITIDA y se le dispuso que cumpliera REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA por DOS (2) AÑOS conjuntamente con SERVICIO A LA COMUNIDAD POR 6 MESES con la obligación principal de presentarse cada 8 días, se impuso la Sentencia a este joven el 27/08/2015, se le realizó plan individual a corto, mediano y largo plazo, se fija primera Revisión para esta fecha 02/03/2016 consignando en ese acto Informe evolutivo que detalla: “…ha cumplido con puntualidad su asistencia cada 8 días, además dio cumplimiento al Servicio Comunitario en el Hospital Periférico de Pariata durante los 6 meses trabajando en horario de 7 a 1 de la tarde en servicio general, en cuanto al área educativa está haciendo trámites para incorporarse a talleres la Guaira en curso de electricidad, tiene 3er. Año aprobado se le ha orientado para que continúe el Bachillerato y se gradúe y se encuentra trabajando a destajo y participa en actividades programadas por el equipo...”
En esta Audiencia de Revisión, el Delegado además detalló que el joven cumplió muy bien con el Servicio Comunitario en demasía en el Hospital inclusive lo iban a contratar pero lamentablemente se consiguió con familiares de la víctima y tuvo que dejarlo, por lo demás está todo bien insistiéndole que debe culminar el bachillerato pero sin embargo está interesado en el Curso de electricidad que ya lo va a comenzar. La Defensora Pública consideró que ha cumplido bien en este semestre pide el Cese del Servicio Comunitario y que se le extienda sus presentaciones, por su parte la Fiscalía no se opone al Cese pero se opone a la extensión de presentaciones por cuanto no ha continuado estudios y solo trabaja a destajo pude hacerlo cada 8 días.
Así las cosas, escuchado a todos los intervinientes en esta Audiencia de Revisión de sanción de IDENTIDAD OMITIDA esta Decisora analizado el informe evolutivo observa que su semestre fue bien satisfactorio puntual con sus presentaciones, participó en actividades del Centro, acompañado de familiar trabajando y con iniciativa para seguir curso y además culmino el Servicio Comunitario muy bien, en consecuencia considera esta Juzgadora que es ajustado a derecho DECLARA CON LUGAR la REVISION DE SANCIONES y en consecuencia: PRIMERO SE CESA la sanción de SERVICIO COMUNITARIO que cumplió por SEIS (6) MESES y SEGUNDO: MODIFICA una de las Reglas de Conducta sobre Presentaciones extendiéndole a cada QUINCE (15) DIAS debiendo continuar con las demás obligaciones hasta culminar el 27/08/2017. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA REVISION DE SANCIONES al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA y en consecuencia: PRIMERO SE CESA la sanción DE SERVICIO COMUNITARIO que cumplió por SEIS (6) MESES y SEGUNDO: MODIFICA una de las Reglas de Conducta sobre Presentaciones extendiéndole a cada QUINCE (15) DIAS debiendo continuar con las demás obligaciones hasta culminar el 27/08/2017, todo esto conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA
Diarícese y se autoriza copia certificada de esta Decisión. Todos quedaron notificados de esta decisión en Audiencia.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. DANIELA RODRIGUEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. DANIELA RODRIGUEZ