REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, nueve (09) de marzo del año dos mil dieciséis (2016)
205º y 157º
ASUNTO: WP11-L-2015-0000045

Visto como consecuencia del incumplimiento de la parte demandada a la sentencia dictada en fecha veintidós (22) días del mes de abril del año dos mil quince por el Tribunal Sexto de Primera Instancia se Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial del estado Vargas y vencido como se encuentra el lapso para que la parte demandada diera cumplimiento voluntario a la misma; este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los Artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Procede a la Ejecución Forzosa. Se Decreta Medida de Embargo Ejecutivo, en consecuencia si recae sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, el embargo será por la cantidad de: TRES MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS VEINTE BOLÍVARES CON VEINTIDÓS CÉNTIMOS (BS. 3.850.420,22) que comprende el doble de la suma condenada, mas el cinco por ciento por concepto de costas procesales, En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la cantidad de DOS MILLONES DIECISÉIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLÍVARES CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS (BS. 2.016.886,78), que comprende la suma condenada, mas el cinco por ciento por concepto de costas procesales. Todo lo anterior discriminado de la manera que a continuación se señala.


CALCULO PARA LA EJECUCIÓN FORZOSA BIENES MUEBLES E INMUEBLES CANTIDADES LÍQUIDAS DE DINERO
MONTO CONDENADO 1.833.533,44 1.833.533,44 MONTO CONDENADO
DOBLE DEL MONTO CONDENADO 3.667.066,88 183.353,34 5% DEL MONTO CONDENADO
5% DEL MONTO CONDENADO 183.353,34 2.016.886,78 TOTAL A EMBARGAR
TOTAL A EMBARGAR 3.850.420,22


LA JUEZ
Dra. GIOCONDA CACIQUE
SECRETARIA
Abg. MARIANA GONZÁLEZ
Parte Actora: ELMAURO GREGORIO CASTELLANO
Parte Demandada: ADUANA HERNÁNDEZ MAURICIO I, C.A
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
WP11-L-2015-000045