REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 15 de Marzo de 2016
205º y 157º

ASUNTO: WH21-X-2014-000105

OFICIO Nº: 175-16.-
CIUDADANA:
DIRECTORA DE LA ENTIDAD DE ATENCION
“PADRE LUCIANO”.
Presente.-

Me dirijo a Usted en la oportunidad de participarle que este Tribunal a mi cargo, mediante auto dictado en esta misma fecha, en el asunto de Medida de Protección a favor de la adolescente de quince (15) años de edad y titular de la cédula de identidad N° V-30.632.940, ha acordado oficiarle a fin de informarle que se ordenó el EGRESO de la misma, toda vez que se modificó el lugar de ejecución de la medida de Colocación en Entidad de Atención, por tanto, se insta a la preparación gradual de la adolescente antes identificada, para su separación de la entidad de atención a su digno cargo, de conformidad a lo previsto en el artículo 183, literal “i” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y procedan a realizar el traslado físico de manera oportuna y segura a la UPI UKATIRA INA.

Comunicación que hago a Usted, a los fines legales consiguientes.-

DIOS Y FEDERACIÓN

LA JUEZA


Abg. Mercedes Vargas Villalobos
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación