REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 01 de Abril de 2016
205º y 157º

ASUNTO: WP21-J-2015-000426

Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto y en especial la diligencia de fecha 07 de marzo de 2016, suscrita por los ciudadanos XOANA DESIREE GUAS GARCIA y KRENCY ORLANDO LOZADA FUENTES, plenamente identificado en autos y asistido por la profesional del derecho YASMIN MARTINEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N°23.991, en la cual manifiestan el desistimiento de la presente solicitud en virtud de la reconciliación; esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, habiendo sido decretada la Separación de Cuerpos y de Bienes en fecha 30/04/2015 y conforme lo dispuesto en el artículo 194 del Código Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la ley, se decreta el termino del procedimiento, se deja sin efecto la ejecutoria, se ordena el cierre y archivo del presente expediente y su remisión a archivo judicial de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Región Vargas. Expídase las copias que sean requeridas por las partes.- Cúmplase lo ordenado.-
La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria

Abg. Thamara Briceño