REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 28 de marzo de 2016
205º y 157º

ASUNTO: WH21-X-2016-000037

Visto el petitorio formulado por la parte actora en la audiencia preliminar en su fase de sustanciación, mediante la cual solicita se decrete Medida Preventiva sobre las Prestaciones Sociales del obligado de autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 466-B literal A de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia este Tribunal, DECRETA Medida Preventiva de Embargo sobre seis (06) mensualidades de las Prestaciones Sociales que le corresponden al ciudadano JOSE MANUEL CLADERON SANTANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-12.166.473, en interés superior de la adolescente de autos, y a los fines de garantizarle cuotas manutención futuras, en caso del cese de la relación laboral del obligado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 466-B, literal A de la Ley Orgánica de Protección de Niñas, Niñas y Adolescentes. Asimismo, informen el salario integral y demás beneficios laborales que posee el obligado en dicha empresa. En consecuencia, se ordena oficiar a la Dirección de Recursos Humanos de CORPOELECT, a tal fin. Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado.
La Jueza,

Dra. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria,

Abg. Thamara Briceño