REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
 
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación  y Sustanciación 
 
Maiquetía, 28 de marzo de 2016
 
205º y 157º
 
 
ASUNTO: WH21-X-2016-000037
 
 
Visto el petitorio formulado por la parte actora en la audiencia preliminar en su fase de sustanciación, mediante la cual solicita se decrete Medida Preventiva sobre las Prestaciones Sociales del obligado de autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 466-B literal A de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia este Tribunal, DECRETA Medida Preventiva de Embargo sobre seis (06) mensualidades de las Prestaciones Sociales que le corresponden al ciudadano JOSE MANUEL CLADERON SANTANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-12.166.473, en interés superior de la adolescente de autos, y a los fines de garantizarle cuotas manutención futuras, en caso del cese de la relación laboral del obligado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 466-B, literal A de la Ley Orgánica de Protección de Niñas, Niñas y Adolescentes. Asimismo, informen el salario integral y demás beneficios laborales que posee el obligado en dicha empresa. En consecuencia, se ordena oficiar a la Dirección de Recursos Humanos de CORPOELECT, a tal fin.  Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado.
 
La  Jueza,
 
 
Dra. María Eugenia Bedoya González
 
                                                                                              La Secretaria,
 
 
Abg. Thamara Briceño
 
 
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