JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, treinta (30) de marzo de dos mil dieciséis.
AÑOS: 205° y 157°
Visto el contenido de la diligencia de fecha veintinueve 29 de marzo del presente año, mediante la cual los abogados en ejercicio DANIEL ALEJANDRO MORALES PERICO Y JOSE LUIS MORALES PERICOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-18.566.792 y V-18.566.918, en su orden e inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 144.442 y 144.443, respectivamente, apoderados judiciales de la parte demandante, ciudadano CARLOS EDUARDO SUÁREZ FERREBUZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.522.700, informan a este Juzgado que la parte demandada, ciudadano ARTURO FEDERICO MORALES ORTEGA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 9.239.235, ha cancelado de forma voluntaria el monto total objeto del presente juicio; este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY, acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo se ordena LEVANTAR LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha 26/04/2012, por este Juzgado, ofíciese lo conducente al Registrador Inmobiliario respectivo. DA POR TERMINADO EL JUICIO. Cumplido como sea lo ordenado, procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal. (fdo) Abg. Ana Lola Sierra Juez Temporal (fdo) Abg. DARWIN RIVAS DIAZ, Secretario Temporal (hay sello húmedo del Tribunal) Quien suscribe DARWIN RIVAS DIAZ, Secretario Temporal del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, certifica: Que la anterior copia ha sido tomada del expediente N° 13.304-12, a los fines de la formación de la carpeta de sentencias de auto composición de este Tribunal. San Cristóbal, treinta (30) de marzo de dos mil dieciséis.
DARWIN RIVAS DIAZ
SECRETARIO TEMPORAL.
|