TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, Ocho (08) de Marzo del Dos Mil Dieciséis.-
205º y 157º
Visto el acto conciliatorio de esta misma fecha, donde se hicieron presente los ciudadanos: Dixon Leonardo Aguilar Sandia, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Ciudadanía N° V-21.180.370 y Dairimar del Carmen Contreras García, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-25.498.930, respectivamente, con el motivo de llegar a un acuerdo con la Fijación de Obligación de Manutención, en la cual el demandado de autos solicito el derecho a palabra y concediéndole el mismo expuso: “…estoy de acuerdo con todo lo solicitado por la madre de mi hijo eso quiere decir, la cantidad de Cinco Mil Bolívares (5.000,00) mensuales mas el 50% de los gastos tanto de medicinas y otros que pudiera generar nuestro hijo puesto que tengo otras obligaciones. En este estado la demandante ciudadana, Dairimar del Carmen Contreras García, expreso su conformidad aceptando el monto ofrecido por el padre de mi hijo. En este estado el Tribunal le hace saber a las partes que fue contestada la demanda y se procede a ordenar abrir una cuenta en el Banco Bicentenario a Nombre de la madre Beneficiaria para que el obligado deposite los cinco (05) Primeros Días de cada mes el monto acordado. Es todo...” Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA; Decreta la Homologación por cuanto no existe controversia alguna y acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el ARTICULO 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese oficio a la oficina del Banco Bicentenario, Banco Universal con el fin de que sea aperturada la cuenta de Ahorros a nombre de la demandante de autos. Se imprimen dos ejemplares de esta decisión del mismo tenor y a un solo efecto para el copiador de sentencias del Tribunal. El Juez,



Abg. José Agustín Pérez Villamizar
El Secretario,
Abg. Pablo Alirio Pastrán Contreras
De conformidad con lo ordenado en el auto anterior, se libro oficio Nº 1279-107, al Banco Bicentenario Banco Universal.

Abg. Pablo A. Pastrán C.
El Secretario
EXP. N° 0216-2016
JAPV/.-nd
Diarizado N°