REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
Maiquetía, 31 de Marzo de 2016.-
ASUNTO: WP12-S-2016-000356
SOLICITANTE: FLOR DE MARIA VENEGAS DE MILLAN
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por la ciudadana FLOR DE MARIA VENEGAS DE MILLAN, mediante la cual solicitó se le declare a ella, ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, respecto de la de cujus: HAIDEE ELENA ROMERO RIVERO, quien falleció en fecha 11/09/1999 y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-3.367.799. Asimismo, vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia el fallecimiento de la causante y su filiación con la solicitante como hija, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por la peticionante, quienes fueron contestes al afirmar que conocen a la misma y les consta el fallecimiento de la causante y su filiación con la misma. Examinadas las pruebas, se demuestra correspondencia con los hechos alegados por la parte solicitante, motivo por el cual este Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los referidos ciudadanos, como heredera de la prenombrada causante, por lo que, nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana FLOR DE MARIA VENEGAS DE MILLAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-8.609.379, con respecto del de cujus: HAIDEE ELENA ROMERO RIVERO, quien falleció en fecha 11/09/1999 y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-3.367.799, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los treinta y un (31) días del mes de Marzo del año dos mil dieciséis (2016). AÑOS. 205° de la Independencia y 157º de la Federación.
EL JUEZ,
Dr. PEDRO LUIS FERMIN
LA SECRETARIA,
Abg. ZAYDA MIRANDA
En la misma fecha siendo las 08:41 a.m., se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
Abg. ZAYDA MIRANDA
PLF/ZM/dioni.-
|