REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 10 de Mayo de 2016
206º y 157º

ASUNTO: WP21-J-2016-000241

Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto y en especial la diligencia que antecede mediante la cual la ciudadana YORLAYN DEL CARMEN CABRERA, en su carácter acreditado en autos, desiste del presente asunto y solicita la devolución de los documentos originales, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, por lo anteriormente expuesto y conforme a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la ley, Homologa dicho desistimiento en los mismos términos y condiciones por ella expuesto. Asimismo, se acuerda la devolución de los documentos originales que cursa en autos, previa su certificación por secretaría de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del código de procedimiento civil y como consecuencia de este pronunciamiento. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente y acuerda su remisión a archivo judicial de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Región Vargas. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria

Abg. Nohemi Rosendo Reyes