REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 2 de Mayo de 2016
206º y 157º

ASUNTO: WP21-J-2016-000216
Vista la solicitud formulada por la ciudadana YOHANA TAILY GUDIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.780.602, actuando en representación de sus hijos la adolescente y el niño de dieciséis (16) y diez (10) años de edad, nacidos el 06-06-1999 y 19-08-2005, asistidos por el Abogado en ejercicio ARMANDO PINTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 168.009, mediante la cual solicita del Tribunal sea declarado TITULO DE PERPETUA MEMORIA y se les tenga como Únicos y Universales Herederos del De Cujus HARRISON JOSE SALAZAR CRUZ, ex-titular de la Cédula de Identidad N° V-16.309.999. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas, esta Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del estado Vargas, de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 17 y 18 de la Ley Orgánica de Registro Civil, sin perjuicio de terceros que pudiesen tener igual o mejor derecho, DECLARA las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA, del De Cujus HARRISON JOSE SALAZAR CRUZ, ex-titular de la Cédula de Identidad N° V-16.309.999, y UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de sus dos (02) hijos la adolescente y el niño de dieciséis (16) y diez (10) años de edad. Devuélvanse las presentes actuaciones en original con sus resultas y déjese copias certificadas de las mismas en el archivo del Tribunal. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente asunto, así como su remisión a Archivo Judicial. Cúmplase lo ordenado.
La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria