REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, 15 de noviembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO: SP01-L-2015-000579
PARTE ACTORA: VERONICA MARIA VOLORIA LABRADOR, identificada con la cédula Nro.V-11.506.474.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: AURISTELA GUALDRON ENCINOZA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 31.074.
PARTE DEMANDADA: BANCO BICENTENARIO, BANCO UNIVERSAL C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: no constituyó
MOTIVO: INCIDENCIA POR PLANTEMIENTO DE ILEGITIMIDAD DEL REPRESENTANTE DEL PATRONO
En fecha 16/12/2015 fue presentada por ante la Unidad de Recepción de este Circuito Judicial, demandada incoada por la ciudadana Verónica María Viloria Labrador en contra del Banco Bicentenario, Banco Universal C.A., por cobro de salarios caídos. Recibida, admitida y sustanciada por este Tribunal.
Cumplidas las notificaciones ordenadas debidamente certificadas, se realizó en fecha 27/09/2016, la audiencia preliminar, con la presencia de la parte actora y del coapoderado del Banco Bicentenario, Abogado Diego Colmenares Labrador, el cual el 26/04/2016 presentó poder especial otorgado por el ciudadano Jaime Antonio Cedre Carrera, apoderado igualmente del referido banco, audiencia que fue prolongada para el día 3 de noviembre de 2016.
Posteriormente en fecha 02 de noviembre de 2016, comparece el abogado Diego Alejandro Colmenares, mediante diligencia informa al Tribunal que mediante llamada telefónica en horas de la mañana de este día, fue notificado del cese de sus funciones como apoderado del Banco Bicentenario del Pueblo, de la Clase Obrera, Mujer y Comunas, Banco Universal.
El día 03/11/2016, indicado para la prolongación de la audiencia se hicieron presente la parte actora debidamente asistida de abogado y por la parte demandada el ciudadano Rafael de Santiago en su carácter de Gerente de Gestión Humana, debidamente asistido por el abogado Fabián Torres, representación que según lo expuesto por la abogada de la demandante no consta en el expediente ninguna constancia que acredite tal representación, a lo que el abogado de la demandada expuso …. “ si bien cierto es cierto el ciudadano Rafael De Santiago no tiene carácter para representar al Banco Bicentenario Banco Universal C.A., tampoco es menos cierto que ha sido representante de este y notificado en causas que cursan en los Tribunales laborales del estado Táchira como es el caso del expediente SP01-L-2014-000286; en virtud a lo expuesto la Juez consideró necesario diferir la resolución de lo planteado por un lapso de 5 días hábiles.
Siendo la oportunidad para decidir este Tribunal a los fines de resolver la controversia planteada hace las siguientes consideraciones; consta al folio 3 del libelo de demanda presentado por la ciudadana Verónica María Viloria, la solicitud de que el demandado Banco Bicentenario Banco Universal C.A., sea notificado en la persona del ciudadano Rafael De Santiago como representante de la Vicepresidencia de Recursos Humanos en la zona Táchira; por lo cual resulta un hecho incontrovertible que el precitado ciudadano puede representar a la Entidad Bancaria demandada en la audiencia preliminar.
Por lo antes expuesto este Tribunal declara SIN LUGAR EL PLANTEMIENTO DE ILEGITIMIDAD de la persona que se presentó como representante del Banco Bicentenario C.A. el día 3 de noviembre de 2016, es decir el ciudadano RAFAEL DE SANTIAGO V-11.704.481. En consecuencia se fija como nueva oportunidad para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar el día 8 de diciembre de 2016, a las 10:00 de la mañana.
La Juez,
Abog. Ana Mercedes Mora Rivas La Secretaria,
Abg. Deivis J. Estarita
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