Se da inicio a la presente solicitud de Administración de Bienes presentada por la ciudadana MERCEDES RENATA MARTINEZ DE RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-1.455.809, actuando en su condición de Tutora y en beneficio e interés de su nieta, de diecisiete (17) años de edad, nacida en fecha 22/07/1999, heredera de su progenitora hoy fallecida, ciudadana EGLIS ELENA RODRIGUEZ DE MENDEZ, quien era titular de la Cédula de Identidad Nª V-9.993.882, fallecida en fecha 10-11-2015. En fecha 02 de noviembre de 2016, y recibido como fue proveniente de la Oficina URDD, se admitió y se fijó oportunidad para la celebración de la Audiencia Única de Jurisdicción Voluntaria, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 512 y 80 de la Ley orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a la cual acudió la solicitante, y la adolescente en presencia de la Fiscal Quinta del Ministerio Público quien emitió opinión favorable.
DISPOSITIVA
Ahora bien, vistas y analizadas las actas procesales que conforman el presente expediente y visto igualmente el acta que antecede, esta Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 513, segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Administración de Bienes, presentada por la ciudadana MERCEDES RENATA MARTINEZ DE RODRIGUEZ, en beneficio de su prenombrada nieta, heredera de su madre hoy fallecida, ciudadana EGLIS ELENA RODRIGUEZ DE MENDEZ, para lo cual se acordó librar los correspondientes oficios a la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para la Educación y la Empresa Aseguradora C.A. de Seguros American Internacional, a los fines de que remitan cheque de Gerencia a nombre de la adolescente ERIKA EGLEE MENDEZ RODRIGUEZ, por la alícuota parte del dinero que por concepto de Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Ahorros y Seguro de Vida, así como cualquier otro beneficio social que le corresponda en su condición de heredera de su madre fallecida, y procedan al pago de la alícuota parte al otro hijo mayor de edad, el ciudadano CARLOS DOMINGO GUILLE MENDEZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nª V-20.783.965, nombrándose como correo especial a la ciudadana MERCEDES RENATA MARTINEZ DE RODRIGUEZ. Asimismo, este Tribunal, estará atento a los beneficios que recibirá la adolescente de autos en el presente asunto. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria

Abg. Nohemí Rosendo Reyes