Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en el día 21 de Noviembre de 2016, oportunidad fijada por el Tribunal a los fines de tener lugar la única Audiencia de Jurisdicción Voluntaria del asunto de Administración de Bienes, no compareció la ciudadana DANIRE DEL CARMEN MEJIAS HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-19.628.153, madre de la niña de cinco (05) años de edad, nacida en fecha 14-12-2010. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con funciones de Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, considera desistido el procedimiento y declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA de conformidad con el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Ciérrese el presente caso, archívese el expediente, así como su remisión a los archivos judiciales en su oportunidad legal. Asimismo, se ordena la devolución de los originales del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos




La Secretaria

Abg. Nohemi Rosendo Reyes