REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y
Ejecución de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes
San Cristóbal, 03 de noviembre de 2016
206º y 157º
Revisado como ha sido el presente expediente y vista la diligencia suscrita por los ciudadanos FREDDY ENRIQUE SANGUINO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 9.211.218, asistido por la Abg. BELKIS CENOBIA CARRERO, inscrita en el impreabogado bajo el N° 31.112, y DENIS NATALY CASANOVA CABRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 18.161.288, asistida por la Abg. KARINA LISSET CASIQUE ALVIAREZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 74.552; con el carácter de solicitantes en la presente causa; mediante la cual DESISTEN DE LA PRESENTE CAUSA. En consecuencia, esta Juez Cuarto del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO y así mismo se deja sin efecto la medida PROVISIONAL DE CUSTODIA de fecha 14 de agosto de 2015; procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda el desglose de los originales y en su lugar se dejen copias certificadas. Archívese el presente expediente. Cúmplase.-
Abg. DIANA MARCELA ESPINOSA
Juez Cuarto de Primera Instancia remediación
Sustanciación y Ejecución
ABG. DARSY MACABEO
Secretaria
Exp. 32535
DME/leo
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