REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 1 de noviembre de 2016
206º y 157º

ASUNTO: WP21-V-2016-000203

Vista la diligencia que antecede, suscrita por la profesional del derecho ABG. OMAR SULARAN inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.419, mediante la cual desiste del procedimiento, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el desistimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones expuesto. Asimismo se ordena la devolución de los originales previa certificación el presente auto y del convenio que requieran las partes. Se ordena el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial, Región Vargas. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
La Juez

Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria.