REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 11 de noviembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO: WP21-H-2016-000709
Visto el presente convenimiento de Custodia, presentado por los ciudadanos JUAN RICHARD MÁRQUEZ Y YADERSY AIKERY GUZMÁN PÉREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nro. V-13.826.215 y V-15.830.926, respectivamente, a favor sus hijos de dieciséis (16) y doce (12) años de edad; Debidamente asistidos por la Profesional del Derecho INES MARIA CAMPOS GUZMAN, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 247.743, se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con los artículos 358 y 359 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
La Juez.,
Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria.
|