REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 16 de noviembre de 2016
206º y 157º

ASUNTO: WP21-H-2016-000724

Visto el presente convenimiento de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar celebrado entre los ciudadanos: AILEMY ELENA IZAGURRE ROMERO y TULIO WILDER MONJES VILLEGAS, titulares de las cedulas de identidad Nº V-15.368.710 y V-13.528.699, respectivamente, en beneficio de la niña de ocho (08) años de edad, se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con el artículo 386 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
LA JUEZA,

DRA. MARÍA EUGENIA BEDOYA GONZÁLEZ
LA SECRETARIA,

ABG. THAMARA BRICEÑO.