REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 17 de noviembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO: WP21-H-2016-000763
Visto el presente convenimiento de Homologación de Responsabilidad de Crianza (Custodia) presentada por los ciudadanos FRANCISCO JAVIER CEDEÑO MARCANO y ANA CRISTINA LOPEZ GUERRA, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.768.442 y V-20.006.191 respectivamente, en beneficio de la niña: de cinco (05) años de edad, se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con el artículo 386 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
La Juez
Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria.
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