TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, Cuatro (04) de noviembre del año dos mil dieciséis.

206° y 157°

Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, ciudadanos ZORAIDA BONETT DE MONCADA y JUAN DE JESÚS BARRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V- 11.499.869 y V- 5.032.453 en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidas. Y visto el escrito presentado por la ciudadana DORALISA MONCADA DE VALERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.32.048, asistida por el abogado en ejercicio JESÚS ANTONIO MELO RODRÍGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 10.962, en el cual exponen que el día 22 de Agosto 2.016, falleció quien fuera su cónyuge el ciudadano WILMAN HUMBERTO VALERO, quien era Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 4.672.133, según certificación expedida por la Dra. Yolanda RODRIGUEZ TAPIA tal y como se evidencia del Acta de Defunción Nº 17 expedida por la Registradora Civil de Mostotes, Madrid España. En consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a las ciudadanas DORALISA MONCADA DE VALERO, WILMAN GERARDO VALERO MONCADA, ADRIANA VICTORIA VALERO MONCADA y MILAGRO DE LOS ÁNGELES VALERO MONCADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números: V- 5.325.048, V- 14.873.916, V- 15.990.174 y V- 18.391.854 en su orden, en el carácter la primera de cónyuge y los otros de hijos, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante WILMAN HUMBERTO VALERO.

De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal, devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales y expídanse las copias certificadas solicitadas.



Abg. ANA RAYBETH ZAMBRANO PASTRAN
JUEZ TEMPORAL






Abg. RAQUEL DUARTE CASTAÑEDA
SECRETARIA TEMPORAL