REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.
Sentencia Nro. 025 – 16 – 2.420
CAPÍTULO I
DE LAS PARTES
SOLICITANTE: Ender Yovanny Duarte Vivas, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.539.658.
ABOGADO ASISTENTE: Tony Armando Lizcano Jaimes, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.148.200, con inpreabogado Nro. 35.065.
MOTIVO: Rectificación de Partida de Nacimiento
Solicitud Número: 025 – 16
Fecha de entrada: 18 de febrero de 2016.
CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS
En fecha 18 de febrero de 2016, se recibió solicitud presentada por el ciudadano: ENDER YOVANNY DUARTE VIVAS, asistido por el abogado: TONY ARMANDO LIZCANO JAIMES, por rectificación de partida de nacimiento.
En fecha 18 de febrero de 2016, por auto del Tribunal se admite la solicitud, se ordena la notificación del Fiscal del Ministerio Público especializado en Protección del Niño, Niña y Adolescente, Civil y Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
En fecha 03 de mayo de 2016, mediante diligencia estampada por el Alguacil de este Tribunal, consigna Boleta de Notificación librada para el Fiscal del Ministerio Público con competencia en Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Civil y Familia de la Circunscripción Judicial, quien la recibió y la firmó al pié.
En fecha 07 de junio de 2016, se aboca al conocimiento de la causa el Juez Provisorio.
En fecha 24 de octubre de 2016, mediante diligencia estampada por el solicitante, ciudadano: ENDER YOVANNY DUARTE VIVAS, debidamente asistido por la abogada en ejercicio: FANNY CASTRO ZAMBRANO, consigna copia certificada del acta de nacimiento expedida por el Registro Principal y el Registro Civil.
CAPÍTULO III
DE LA MOTIVACIÓN
Vista la solicitud que antecede, suscrita por el ciudadano: ENDER YOVANNY DUARTE VIVAS, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.539.658, se admite por no ser contraria a las disposiciones del artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. El Tribunal conforme al artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, pasa a decidir la presente rectificación de Partida de Nacimiento, y en consecuencia observa: Que el referido ciudadano intentó ante este Tribunal la rectificación de su partida de nacimiento, la cual corre inserta en los libros que reposan en el Registro Principal del Estado Táchira, y el Registro Civil del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, anotada bajo el Nro. 684, de fecha 05 de noviembre de 1.984, el error denunciado consiste en que en la referida partida de nacimiento de los libros del Registro Principal, se escribió como nombre del solicitante: “JESÚS ALBERTO”, y el acta de nacimiento de los libros del Registro Civil del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, aparece como : “ENDER YOVANNY”, nombre con el cual se ha identificado en todos los actos, por lo que considera que el nombre correcto es: “ENDER YOVANNY”. Igualmente en el acta de nacimiento expedida por el Registro Principal del Estado Táchira, presenta enmendadas las palabras: “sábado seis de octubre”. Trajo a los autos como medio de prueba: a).- Copia de la cédula de identidad, a nombre de: ENDER YOVANNY DUARTE VIVAS; b).- Constancia de nacimiento expedida por el jefe del Registro de Registro de Estadística de Salud del Hospital I de El Piñal; c).- Copia fotostática simple del acta de matrimonio celebrado entre los ciudadanos: ENDER YOVANNY DUARTE VIVAS y CARMEN YAJAIRA ZAMBRANO, d).- Constancia expedida por el Secretario General de la Gobernación del Estado Táchira y el Director de Educación del Ejecutivo del Estado Táchira, donde certifican que el ciudadano: ENDER YOVANNY DUARTE VIVAS, es docente de aula; e).- Copia fotostática simple del título de Magister en Educación a nombre de: ENDER YOVANNY DUARTE VIVAS; f).- Constancia de haber cursado estudios a nombre de. ENDER YOVANNY DUARTE VIVAS, expedida por la Dirección de la UEE “Inés Labrador de Lara”, con sede en El Piñal; g).- Actas de nacimiento expedidas por el Registro Principal del Estado Táchira y Registro Civil del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira. h).- copia de la certificación de datos expedida por el SAIME; i).- Registro de Información Fiscal (RIF); j).- Constancia de Inscripción en el Seguro Social Obligatorio; de los recaudos presentados se desprende que efectivamente el nombre del solicitante es: ENDER YOVANNY, y no como erróneamente se escribió en la partida de nacimiento que consta en los libros que reposan en el Registro Principal del Estado Táchira, donde aparece como nombre: “JESÚS ALBERTO”, y el día y fecha de nacimiento es: “sábado seis de octubre del”, en virtud que está enmendado en el referido libro. Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio ordinario de rectificación de partida de nacimiento, procede a resolverlo meramente, y así se decide.
CAPÍTULO IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la rectificación de la partida de nacimiento y en consecuencia en lo sucesivo el primer nombre del solicitante es: ENDER YOVANNY, por lo tanto su nombre completo es. ENDER YOVANNY DUARTE VIVAS, y el día y fecha de nacimiento es: “sábado seis de octubre”. Se ordena remitir con oficio copia certificada de esta sentencia al Registrador Principal del Estado Táchira y la Registrador Civil del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, para que conforme al artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, se estampe íntegramente en los libros respectivos.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dado, firmado, sellado y refrendado, en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los veintiún días del mes de noviembre de dos mil dieciséis. Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
El Juez Provisorio
Abg. Teófilo Hernández Alarcón
Secretario
Abog. Luis Alfonso Sánchez Pérez
En la misma fecha se publicó, siendo las once (11:00) de la mañana.
Srio.
|