REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2016-001411
SOLICITANTE: MARIA JOSEFINA BELLO JIMENEZ
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana MARIA JOSEFINA BELLO JIMENEZ, titular de la cedula de identidad N° V-2.904.175, quien solicitó de se le declare UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, respecto de el de cujus: HENDER GREGORIO AGOSTINI BELLO, ex titular de la cédula de identidad número V-9.999.986, fallecido en fecha 16/07/2016. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la mencionada ciudadana, por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana MARIA JOSEFINA BELLO JIMENEZ, titular de la cédula de identidad N°. V-2.904.175, en su orden, con respecto del de cujus HENDER GREGORIO AGOSTINI BELLO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por éste Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los (23) días del mes de Noviembre del año dos mil dieciséis (2016).
AÑOS. 206° de la Independencia y 157º de la Federación.-
EL JUEZ,
ABG. CESAR FARIA
LA SECRETARIA,
ABG. NEYLA VELASQUEZ
En la misma fecha siendo las 11:00am, se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
ABG. NEYLA VELASQUEZ