REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2016-001335
SOLICITANTE: ROMAN DARIO HERNANDEZ PEREZ
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por el ciudadano ROMAN DARIO HERNANDEZ PEREZ, titular de la cedula de identidad N° V-3.892.422, quien solicitó de se le declare a él y a su hermano ciudadano ALEJANDRO BELTRAN HERNANDEZ PEREZ, UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, respecto de el de cujus: JUAN LUIS HERNANDEZ FIGUEROA, ex titular de la cédula de identidad número V-13.365, fallecido en fecha 01/11/2015. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los mencionados ciudadanos, por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ROMAN DARIO HERNANDEZ PEREZ y ALEJANDRO BELTRAN HERNANDEZ PEREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros°. V-3.892.422, V-4.119.235, respectivamente, en su orden, con respecto del de cujus JUAN LUIS HERNANDEZ FIGUEROA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por éste Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los (25) días del mes de Noviembre del año dos mil dieciséis (2016).
AÑOS. 206° de la Independencia y 157º de la Federación.-
EL JUEZ,
ABG. CESAR FARIA
LA SECRETARIA,
ABG. NEYLA VELASQUEZ
En la misma fecha siendo las 11:41 am, se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
ABG. NEYLA VELASQUEZ