ASUNTO : SP21-S-2011-003000

RESOLUCION N° 187-2016

EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINALCONFINAMIENTO

ANTECEDENTES

En fecha 22 de julio de 2016, este Tribunal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad con competencia en materia de delitos de Violencia Contra la Mujer de este circuito especializado, otorgó la formula alternativa de cumplimiento de pena CONFINAMIENTO, al penado: JOSÉ DEL CARMEN PERNÍA HERNANDEZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-9.333.043, por haber sido condenado a cumplir la pena de: SEIS (06) AÑOS, (02) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ACTOS LASCIVOS Y AMENAZA tipificados en los artículos 45 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de Y.C.G.G y Y.G (cuyas identidades se omiten de conformidad a lo estipulado en el parágrafo segundo del articulo 65 de la LOPNNA.) Oportunidad procesal en la cual esta Jueza de instancia, acordó entre otros aspectos lo siguiente:

“(…)PRIMERO: ACUERDA LA CONMUTACIÓN del resto de la pena de prisión que debe cumplir en CONFINAMIENTO a favor del penado: JOSÉ DEL CARMEN PERNÍA HERNANDEZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-9.333.043, actualmente recluido en EL CENTRO PENITENCIARIO DE OCCIDENTE NUMERO DOS de la ciudad de Santa Ana Municipio Córdoba del estado Táchira, por el lapso de: TRES (3) MESES Y CINCO (05) DIAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 56 del Código Penal, y 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo tanto, SE DESIGNA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE CONFINAMIENTO el Municipio Panamericano del estado Táchira.
SEGUNDO: Impóngansele al penado: JOSÉ DEL CARMEN PERNÍA HERNANDEZ de las siguientes condiciones:
1. No salir de los límites del Municipio Panamericano del estado Táchira, correspondiente a la dirección en la cual residirá, durante el tiempo de cumplimiento de su pena.
2. Presentarse una vez cada treinta (30) días, por ante la Prefectura de la parroquia Coloncito del Municipio Panamericano del estado Táchira, hasta el cumplimiento total de la pena de confinamiento., el cual se materializara el día: jueves veintisiete (27) de octubre de 2016 (27-10-2016). …”

En fecha 01 de noviembre de 2016, se recibió en este despacho judicial y en un (01) folio útil, copia certificada del libro de confinamientos que es llevado por la prefectura del municipio Panamericano, la cual es suscrita por la abogada SONIA CORREA CORREA en su condición de Prefecta del municipio Panamericano del estado Táchira, de fecha 27 de octubre de 2016, inserta al folio cuatrocientos cuarenta y uno (441) del expediente, donde deja constancia que el penado JOSÉ DEL CARMEN PERNÍA HERNANDEZ, se presentó ante ese organismo los días: 27 de julio de 2016, 26 de agosto de 2016, 26 de septiembre de 2016 y 27 de octubre de 2016, en cumplimiento de las condiciones que le fueron impuestas por este Juzgado Especializado.

CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL PARA DECIDIR

Visto el contenido de la copia certificada del libro de confinamientos que es llevado por la prefectura del municipio Panamericano, suscrita por la abogada SONIA CORREA CORREA en su condición de Prefecta del municipio Panamericano del estado Táchira, de fecha 27 de octubre de 2016, donde certifica que el penado JOSÉ DEL CARMEN PERNÍA HERNANDEZ, se presentó ante ese organismo los días: 27 de julio de 2016, 26 de agosto de 2016, 26 de septiembre de 2016 y 27 de octubre de 2016, en cumplimiento de las condiciones que le fueron impuestas por este Juzgado Especializado, y tomando en cuenta que la fecha de cumplimiento total de la pena impuesta al referido ciudadano se cumplía el día jueves veintisiete (27) de octubre de 2016 (27-10-2016). Es por lo que se procede a declarar el cumplimiento total de la condena impuesta, así como la extinción de la responsabilidad criminal y la libertad plena del penado, y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos antes esgrimidos; este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: UNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE PENA DE: SEIS (06) AÑOS, (02) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN impuesta al ciudadano: JOSÉ DEL CARMEN PERNÍA HERNANDEZ, por la comisión de los delitos de ACTOS LASCIVOS Y AMENAZA tipificados en los artículos 45 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de Y.C.G.G y Y.G (cuyas identidades se omiten de conformidad a lo estipulado en el parágrafo segundo del articulo 65 de la LOPNNA.) quien se encontraba bajo la formula alternativa de CONFINAMIENTO.
En consecuencia, se decreta LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD PLENA, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.-

En San Cristóbal, a los dos (02) días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.

Remítase el presente expediente al Archivo Judicial del Estado Táchira, en virtud de la terminación total del proceso penal, y déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal, notifíquese a las partes y déjese sin efecto cualquier orden de captura librada en la presente causa. Líbrese Oficio y regístrese su salida. CUMPLASE

Abg. ROSARIO DEL VALLE CHACON
JUEZA DEL TVCM DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD- TACHIRA.


Abg. RICHARD COBIS
SECRETARIO