REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
206° Y 157°
I
En fecha 14/07/2016 este tribunal dio entrada al Recurso Contencioso Tributario Recibido en le sede de este tribunal, interpuesto por la Sociedad Mercantil “TRANSPORTE INTERNACIONAL SOTRASUR CA”. Constante (28) folios útiles, se ordenó las correspondientes notificaciones al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela (F-30), Fiscal 13 del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas (F-52), Aduana Principal de San Antonio Estado Táchira (SENIAT)(F-78).
Siendo la oportunidad para decidir el Recurso Contencioso Tributario, esta juzgadora observa que el mismo no se encuentra incurso en las causales de inadmisibilidad que establece el Artículo 273 del Código Orgánico Tributario, puesto que el acto recurrido fue notificado en fecha 18/05/2016, siendo interpuesto en fecha 13/07/2016, es decir, dentro del lapso. De igual forma, se observa la cualidad de la sociedad mercantil “TRANSPORTE INTERNACIONAL SOTRASUR CA” representada por la abogada LUZ ADRIANA MORA BAYONA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 104.712, en su carácter de apoderada judicial.
Por lo tanto que no existe prohibición legal de admitir el recurso; su conocimiento no compete a otro tribunal; no se han acumulado recursos que contengan conceptos ofensivos o irrespetuosos, por tal razón debe necesariamente admitirse el recurso tal como lo indica expresamente la dispositiva de la presente decisión, y así se decide.
II
ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ADMITE EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO, interpuesto por la abogada LUZ ADRIANA MORA BAYONA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 104.712, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil “TRANSPORTE INTERNACIONAL SOTRASUR CA” inscrita en el registro mercantil Primero de la circunscripción judicial del Estado Táchira, bajo el N° 27 Tomo 126-A de fecha 25/06/1999. Contra Resolución de Jerárquico N° SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2016-0038 de fecha 29/01/2016, emanada por el Gerente de Recursos, aduana San Antonio del Táchira (SENIAT).
En virtud que no hubo oposición al día siguiente a partir de la publicación de esta sentencia se abre el lapso de promoción de pruebas de conformidad con lo establecido en el artículo 275 del Del Código Orgánico Tributario De 2014. Cúmplase.
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, a los veinte (20) días del mes de octubre del año (2016). Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Cúmplase.-


ANA BEATRIZ CALDERON
JUEZ TITULAR

WENDY MONCADA
LA SECRETARIA

De conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República se ordena notificar al Procurador General de la Republica .Se Libro Oficio 768-16


LA SECRETARIA

Exp. 3257
ABCS/Gisela