En el día de hoy, Seis (06) de Octubre de 2016, siendo las diez de la mañana, presentes los ciudadanos GENESIS BRIGITTE BLANCO MORA y OMAR ALEXANDER GARCÍA GUERRERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V.-21.221.661 y V.-23.540.538, en su carácter de padres de la niña BRIANNA CAROLA GARCÍA BLANCO, acreditados en autos, para la realización de un Acto Conciliatorio en el cual se presentan de forma voluntaria en la causa de Obligación de Manutención Nro. 8918-2016. El Juez los impuso del motivo de su comparecencia y se procedió a la realización de dicho acto.- Seguidamente, el padre del niño solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expuso: “Ofrezco la cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES MENSUALES (Bs.20.000,00) para la Obligación de manutención de mi hija, los cuales depositaré los primeros cinco (05) días de cada mes en la cuenta de ahorro que está a nombre de la madre de mi hija; igualmente ofrezco cancelar el 50% de los gastos médicos y medicinas y calzado, ropa, vestido, recreación y cualquier otro gasto extraordinario de mi hija, previa presentación de presupuesto o factura.” Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la madre de la niña quien expone: “Acepto el ofrecimiento que esta haciendo en este acto el padre de mi hija y me comprometo a informar al Tribunal el número de cuenta y consignar copia de la misma.” Es todo. En consecuencia, visto el acuerdo formulado por las partes, este JUZGADO DE MUNICIPIOS ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUÁSIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EN UN TODO ACUERDO CON EL ARTÍCULO 375 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, LE IMPARTE A LA CONCILIACIÓN SUSCRITA ENTRE LAS PARTES SU HOMOLOGACIÓN CORRESPONDIENTE, POR LO CUAL SE TENDRÁ CON FUERZA EJECUTORIA. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ,
DR. LUIS H. MONCADA GIL
LOS COMPARECIENTES,
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La Secretaria Temporal,
Arleny Pereira
EN LA MISMA FECHA SE DEJA COPIA CERTIFICADA PARA EL ARCHIVO DEL TRIBUNAL.
La Secretaria Temporal,
Arleny Pereira
/Nidelys
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