REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
San Cristóbal, 11 de Octubre de 2016
206º y 157º

Por recibida la anterior solicitud de HOMOLOGACION, constante de -07- folios útiles, acta suscrita entre los ciudadanos: OSMEL ORLANDO GARCIA GARCIA Y LERY MARBELLY MALAGUERA GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-17.370.358 y N° V- 18.878.643, en su orden, en beneficio de su hijo: la niña: (SE OMITE SU NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECICON DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES) de 13 años de edad. Fecha De nacimiento 27/02/2008. Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:

“PRIMERO: El ciudadano Nelson Garbino García Cano: Tendrá régimen de convivencia con su hijo amplio compartido, entre ambos padres.“
En consecuencia, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en concordancia con el artículo 8 ejusdem, esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se HOMOLOGA el presente acuerdo, procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se declara Terminado el presente Proceso. Expídase copia certificada a la parte interesada. Archívese el Expediente. Cúmplase.-

ABG. DIANA MARCELA ESPINOSA
JUEZ CUARTA (T) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN
SUSTANCIACION EN FUNCIONES DE TRANSICION

ABG. DARCY MACABEO
SECRETARIA
Exped. 39095/MG/Nancy M