REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
San Cristóbal, 11 de Octubre de 2016
206º y 157º
Por recibida la anterior solicitud de HOMOLOGACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, constante de -11- folios útiles, procedente de la Defensoría Municipal del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, acta suscrita entre los ciudadanos: HANGGY LEY SUAREZ MARTINEZ Y JEAN CARLOS JESUS GARCIA SILVA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-22.627.707 y N° V- 21.603.521, en su orden, en beneficio de su hija: la niña: se omite su nombre, conforme a la sentencia con carácter vinculante dictada en el Expediente N° 13-0318, de fecha 12 de noviembre del 2013, por la sala constitucional del Tribunal Supremo de JusticiaCON LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-30.506.047, (se omite su nombre, conforme a la sentencia con carácter vinculante dictada en el Expediente N° 13-0318, de fecha 12 de noviembre del 2013, por la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de 3 meses de edad. Fecha De nacimiento 07/05/2016. Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
“PRIMERO: El ciudadano Jean Carlos J García Suárez: Tendrá régimen de convivencia con su hija amplio compartido. Entre ambos padres la cantidad de ocho mil (Bs.8.000,00) bolívares semanales, para gastos de manutención. SEGUNDO: Los gastos de ropa, medicamentos, asistencia medica, y cuando entre a la edad escolar, uniformes de diario y deporte, gastos navideños, vacaciones, juguetes, útiles de aseo personal serán cubiertos por ambos padres. “
En consecuencia, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en concordancia con el artículo 8 ejusdem, esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se HOMOLOGA el presente acuerdo, procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se declara Terminado el presente Proceso. Expídase copia certificada a la parte interesada. Archívese el Expediente. Cúmplase.-
ABG. MARITZA RAMIREZ RAMIREZ
JUEZ TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN
SUSTANCIACION EN FUNCIONES DE TRANSICION
ABG. NERZA PALACIO
SECRETARIA
Exped. 39094 /MG/Nancy M
SENTENCIA: ___________
EXPEDIENTE: 39094
MOTIVO: HOMOLOGACION DE REGIMEN CONVIVENCIA FAMILIAR
SOLICITANTES: HANGGY LEY SUAREZ MARTINEZ Y JEAN CARLOS y
JEAN CARLOS JESUS GARCIA SILVA
BENFICIARIO:. la niña: se omite su nombre, conforme a la sentencia con carácter vinculante dictada en el Expediente N° 13-0318, de fecha 12 de noviembre del 2013, por la sala constitucional del Tribunal Supremo de JusticiaCON LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-30.506.047, (se omite su nombre, conforme a la sentencia con carácter vinculante dictada en el Expediente N° 13-0318, de fecha 12 de noviembre del 2013, por la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de 3 meses de edad. Fecha De nacimiento 07/05/2016
FECHA: 11 de OCTUBRE de 2016
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO TACHIRA, CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA SIGUIENTE COPIA, LA CUAL ES TRASLADO FIEL Y EXACTO DE SU ORIGINAL.
bg. NERZA PALACIO
SECRETARIA
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