JUZGADO TERCERO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, cuatro (04) de octubre de dos mil dieciséis (2.016).
206º y 157º
La presente solicitud de Declaratoria de Únicos y Universales Herederos, es presentada por la ciudadana ELIZABETH CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.814.053, asistida de la abogada en ejercicio ALICIA ELIZETH SUESCUN LEÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 48379; la misma admitida en fecha veintiuno de junio de 2016, acordándose en el mismo auto, oír la declaración de testigos a presentarse por la parte interesada.
-I-
ANTECEDENTES DE LA SOLICITUD
Que en fecha 03 de abril de 2014, falleció quien fue su causante VIRGILIO JAVIER HERNÁNDEZ MORANTES, quien en vida fue titular de la cédula de identidad Nro. V-12.234.218. (folio 5)
Que el fallecimiento señalado consta en Registro de Defunción Nro. 08-P, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastian del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, de fecha 05 de abril de 2014. (folio 5)
Que igualmente presentan copia del exp. 26767 por motivo de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA de los ciudadanos ELIZABETH CARRERO y VIRGILIO JAVIER HERNÁNDEZ MORANTES, así como las Partidas de Nacimiento de los ciudadanos YESSICA SCARLET DEL CARMEN HERNÁNDEZ VELASCO, CINDY YIRENA HERNÁNDEZ CARRERO, ELIBETH SHIRLEY DE LA CONSOLACIÓN HERNÁNDEZ CARRERO.
Señalan que vistas las pruebas presentadas, solicita que se les nombre como Únicos y Universales Herederos del causante VIRGILIO JAVIER HERNÁNDEZ MORANTES.
Se observa entonces que la presente solicitud se encuentra circunscrita a una pretensión de que las ciudadanas ELIZABETH CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.814.053, YESSICA SCARLET DEL CARMEN HERNÁNDEZ VELASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-20.626.637, CINDY YIRENA HERNÁNDEZ CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-23.128.058 y ELIBETH SHIRLEY DE LA CONSOLACIÓN HERNÁNDEZ CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-25.498.687, sean declaradas ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del fallecido VIRGILIO JAVIER HERNÁNDEZ MORANTES, quien en vida fue titular de la cédula de identidad Nro. V-12.234.218, conforme a lo señalado en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Se tiene entonces que para verificar la procedencia del mismo se pasa de seguidas con el análisis de las pruebas presentadas por los solicitantes.
-II-
DE LAS PRUEBAS CONSIGNADAS
Copia de cédula de identidad de la ciudadana ELIZABETH CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.814.053. Documentales que se valoran como documentos administrativos, conforme a lo indicado en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos para demostrar su identidad.
ACTA DE DEFUNCIÓN Nro. 08-P, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastian del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, de fecha 05 de abril de 2014, en la que se señala el fallecimiento del ciudadano VIRGILIO JAVIER HERNÁNDEZ MORANTES, quien en vida fue titular de la cédula de identidad Nro. V-12.234.218, y quien falleció el día 03 de abril de 2014. Dicha probanza se valora de conformidad con lo establecido en los Artículos 429 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los Artículos 457 y 1357 y 1359 del Código Civil, sirviendo para demostrar que en fecha 03 de abril de 2014 falleció el ciudadano VIRGILIO JAVIER HERNÁNDEZ MORANTES, y que dejó a su muerte descendiente. (folio 5 y 6)
Copia simple del expediente No. 061/2015, emanado del registro Civil del Municipio San Cristóbal, donde declara con lugar la solicitud de Rectificación de Acta de Defunción, en el sentido de indicar que se omitió en la casilla E Datos Familiares (Nombres y Apellidos del Cónyuge del fallecido) a la ciudadana ELIZABETH CARRERO, venezolana, con cédula de identidad No. 12.814.053. inserto a los folios 16 al 20
PARTIDA DE NACIMIENTO perteneciente a la ciudadana YESSICA SCARLET DEL CARMEN HERNÁNDEZ VELASCO, número 15, del año 1.992, emitida por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira. Dicha probanza se valora de conformidad con lo establecido en los Artículos 429 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los Artículos 457 y 1357 y 1359 del Código Civil, sirviendo para demostrar que en fecha 27 de mayo de 1.991, nació YESSICA SCARLET DEL CARMEN HERNÁNDEZ VELASCO, señalando en la misma que es hija de VIRGILIO JAVIER HERNÁNDEZ MORANTES y NELLY VELASCO MORANTES.
PARTIDA DE NACIMIENTO perteneciente a la ciudadana CINDY YIRENA HERNÁNDEZ CARRERO, número 51, del año 1.995, emitida por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastian del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira. Dicha probanza se valora de conformidad con lo establecido en los Artículos 429 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los Artículos 457 y 1357 y 1359 del Código Civil, sirviendo para demostrar que en fecha 14 de diciembre de 1994, nació CINDY YIRENA HERNÁNDEZ CARRERO, señalando en la misma que es hija de VIRGILIO JAVIER HERNÁNDEZ MORANTES y ELIZABETH CARRERO.
PARTIDA DE NACIMIENTO perteneciente a la ciudadana CINDY YIRENA HERNÁNDEZ CARRERO, número 51, del año 1.995, emitida por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastian del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira. Dicha probanza se valora de conformidad con lo establecido en los Artículos 429 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los Artículos 457 y 1357 y 1359 del Código Civil, sirviendo para demostrar que en fecha 14 de diciembre de 1994, nació CINDY YIRENA HERNÁNDEZ CARRERO, señalando en la misma que es hija de VIRGILIO JAVIER HERNÁNDEZ MORANTES y ELIZABETH CARRERO.
PARTIDA DE NACIMIENTO perteneciente a la ciudadana ELIBETH SHIRLEY DE LA CONSOLACIÓN HERNÁNDEZ CARRERO, número 286, del año 1.997, emitida por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastian del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira. Dicha probanza se valora de conformidad con lo establecido en los Artículos 429 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los Artículos 457 y 1357 y 1359 del Código Civil, sirviendo para demostrar que en fecha 16 de febrero de 1997, nació ELIBETH SHIRLEY DE LA CONSOLACIÓN HERNÁNDEZ CARRERO, señalando en la misma que es hija de VIRGILIO JAVIER HERNÁNDEZ MORANTES y ELIZABETH CARRERO.
Copia simple de la sentencia proferida en fecha 29 de julio de 2015 del expediente No. 26767, del Circuito Judicial de Protección de Niño, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, mediante el cual declara con lugar el RECONOCIMIENTO DE COMUNIDAD CONCUBINARIA incoado por la ciudadana ELIZABETH CARRERO, venezolana, con cédula de identidad No. 12.814.053, reconociendo judicialmente la existencia de la comunidad CONCUBINARIA entre los ciudadanos VIRGILIO JAVIER HERNÁNDEZ MORANTES y ELIZABETH CARRERO.
ACTA DE DEFUNCIÓN Nro. 08-P, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastian del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, de fecha 05 de abril de 2014, en la que se señala el fallecimiento del ciudadano VIRGILIO JAVIER HERNÁNDEZ MORANTES, quien en vida fue titular de la cédula de identidad Nro. V-12.234.218, y quien falleció el día 03 de abril de 2014. Dicha probanza se valora de conformidad con lo establecido en los Artículos 429 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los Artículos 457 y 1357 y 1359 del Código Civil, sirviendo para demostrar que en fecha 03 de abril de 2014 falleció el ciudadano VIRGILIO JAVIER HERNÁNDEZ MORANTES, que dejó a su muerte descendiente y se observa nota marginal de la decisión administrativa de fecha 05-11-2015.
Declaración testifical evacuado ante este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 07 de julio de 2016, comparece los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL MONTILVA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nro. V-5.025.162 y LUÍS FERNANDO MENDIETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-23.548.050, quienes declaran este Tribunal. Dichas testimoniales se valoran de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto los testigos fueron contestes en afirmar que conocen de vista, trato y comunicación a las ciudadanas ELIZABETH CARRERO, YESSICA SCARLET DEL CARMEN HERNÁNDEZ VELASCO, CINDY YIRENA HERNÁNDEZ CARRERO, y ELIBETH SHIRLEY DE LA CONSOLACIÓN HERNÁNDEZ CARRERO. Que igualmente saben y les consta que los mismos son los únicos y universales herederos del fallecido VIRGILIO JAVIER HERNÁNDEZ MORANTES.
De la revisión de las actas procesales se evidencia que el ciudadano VIRGILIO JAVIER HERNÁNDEZ MORANTES, dejó como Únicas y Universales Herederas, a las ciudadanas ELIZABETH CARRERO, YESSICA SCARLET DEL CARMEN HERNÁNDEZ VELASCO, CINDY YIRENA HERNÁNDEZ CARRERO, y ELIBETH SHIRLEY DE LA CONSOLACIÓN HERNÁNDEZ CARRERO. Así se decide.
-III-
DECISIÓN
En orden a las anteriores consideraciones este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante VIRGILIO JAVIER HERNÁNDEZ MORANTES, quien en vida fue titular de la cédula de identidad Nro. V-12.234.218, a las ciudadanas ELIZABETH CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.814.053, YESSICA SCARLET DEL CARMEN HERNÁNDEZ VELASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-20.626.637, CINDY YIRENA HERNÁNDEZ CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-23.128.058 y ELIBETH SHIRLEY DE LA CONSOLACIÓN HERNÁNDEZ CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-25.498.687, en su condición de concubina e hijas del prenombrado fallecido.
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo TODOS LOS DERECHOS DE TERCEROS. Expídase cuatro (4) copias fotostáticas certificadas de la presente Decisión, para el fotostato se autoriza al Alguacil del Tribunal. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas a la parte interesada, a los fines legales.
La Jueza Temporal,
Mary Francy Acero Soto La Secretaria,
Zulimar Hernández Méndez
En la misma fecha se deja copia para el archivo del Tribunal bajo el N° 230.
MFAS/ZHM/ep.-
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