REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
Maiquetía, 19 de Octubre de 2016.-
206° y 157°
ASUNTO: WP12-S-2016-001022
SOLICITANTE: MARIE ANNE BRODESTSKY DE CENTENO
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por la ciudadana MARIE ANNE BRODESTSKY DE CENTENO, mediante la cual solicitó se le declare, ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, respecto a la de cujus: MARIE FRANCE BRODESTSKY ALADENISE, quien falleció en fecha 21/07/2011 y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-4.765.158. Asimismo, vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia el fallecimiento de la causante y su filiación con la solicitante como su única hermana, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por la peticionante, quienes fueron contestes al afirmar que conoce a la misma y les consta el fallecimiento de la causante y su filiación con la peticionante. Examinadas las pruebas, se demuestra correspondencia con los hechos alegados por la parte solicitante, motivo por el cual este Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los referida ciudadana, como heredera de la prenombrada causante, por lo que, nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana MARIE ANNE BRODESTSKY DE CENTENO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.299.870, con respecto a la de cujus: MARIE FRANCE BRODESTSKY ALADENISE, quien falleció en fecha 21/07/2011 y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-4.765.158, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los diecinueve (19) días del mes de octubre del año dos mil dieciséis (2016). AÑOS. 206° de la Independencia y 157º de la Federación.
EL JUEZ,

Dr. PEDRO LUIS FERMIN
LA SECRETARIA,
Abg. ZAYDA MIRANDA
En la misma fecha siendo las 11:20 am, se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,

Abg. ZAYDA MIRANDa


PLF/ZM/nellita.-