REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2015-001855
SOLICITANTE: MIREYA GOMEZ GONZALEZ
ABOGADO ASISTENTE: MARITZA TORTOZA GONZALEZ, IPSA N° 229.089
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por la ciudadana MIREYA GOMEZ GONZALEZ, en representación propia y de su hermana ciudadano MARTA NANCY GOMEZ GONZALEZ, debidamente asistida de abogadA, mediante la cual solicitó se les declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto del de-cujus DIONISIO GOMEZ HERNANDEZ, fallecido en fecha 24/09/2014 y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad número V-220.120. Asimismo, vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia el fallecimiento del causante y su filiación con las solicitantes, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por la mencionada ciudadana, quienes fueron contestes al afirmar que conocen a los mismos y les consta el fallecimiento del causante y su relación con los peticionantes. Examinadas las pruebas, se demuestra correspondencia con los hechos alegados por la parte solicitante, motivo por el cual este Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los prenombrados ciudadanos, por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a las ciudadanas MIREYA GOMEZ GONZALEZ y MARTA NANCY GOMEZ GONZALEZ, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-6.497.139, V-6.325.036, en su orden, con respecto del de cujus DIONISIO GOMEZ HERNANDEZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. -
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los trece (13) días del mes de octubre del año dos mil dieciséis (2016).-
AÑOS. 206° de la Independencia y 157º de la Federación.
EL JUEZ,

WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
El Secretario Acc.,

Abg. JOHN FERRER
En la misma fecha siendo las diez y cuarenta siete meridiem (10:47 a.m.), se publicó y registro la anterior sentencia.-
El Secretario Acc.,

Abg. JOHN FERRER




WSM/DP/dr