REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, cuatro (04) de octubre de dos mil dieciséis
206° y 157°
SOLICITUD: WP12-S-2016-000781
Vista la anterior solicitud presentada por los ciudadanos MERWIN RICARDO RODRIGUEZ GONZALEZ y MARIAN LOURDES ARAQUE BOLIVAR, asistidos por la abogada JUANA PACHECO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.028, este Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, la admite en cuanto ha lugar en derecho. Asimismo, éste Tribunal decreta formalmente la SEPARACION DE CUERPOS, de los ciudadanos MERWIN RICARDO RODRIGUEZ GONZALEZ y MARIAN LOURDES ARAQUE BOLIVAR venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-13.827.6714 Y V-18.755.470 respectivamente, en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos en el escrito de solicitud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 188° y 189° ambos del Código Civil, en concordancia con el Artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, Parágrafo Primero. De igual forma de conformidad con lo establecido en el artículo 196 del Código Civil, se ordena notificar a la Representante del Ministerio Público de ésta misma Circunscripción Judicial, para imponerla de la presente solicitud. Expídase por Secretaría copia certificada del escrito de solicitud y con la respectiva boleta, entréguese a la oficina de la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Civil para que practique la notificación de la misma, una vez que los interesados suministren por secretaria los fotostatos correspondientes. Cúmplase.
EL JUEZ,
WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
LA SECRETARIA,
Abg.DENICE PINTO
WSM/DP/DR.-
El Juez (fdo. ileg.) WILBERTO SAAVEDRA MARVAL y la Secretaria, Abg. DENICE PINTO (fdo. ileg.). Hay un sello húmedo del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas. La suscrita Secretaria certifica: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original. En Maiquetía, a los cuatro (04) días del mes de octubre de 2016. Años 206° de la independencia y 157° de la federación.-
La Secretaria
Abg. DENICE PINTO
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