REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2016-000993
SOLICITANTE: HERNAN MENDOZA MEDINA
ABOGADO ASISTENTE: FREDDY EDUARDO TIRADO, IPSA N° 179.290
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO

Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por el ciudadano HERNAN MENDOZA MEDINA, debidamente asistido de abogado, solicitando le fuese decretado Título Supletorio sobre las mejoras realizadas a unas bienhechurías edificadas a sus solas y únicas expensas sobre un lote de terreno que no es propiedad municipal, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en su petición, ubicado en la Calle Real de Montesano, Sector el Trébol, Casa S/N, Parroquia Carlos Soublette, Municipio Vargas del estado Vargas. Este órgano jurisdiccional considera que vistas las probanzas aportadas y analizadas como el Titulo Supletorio evacuado por ante el Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil del Transito de la Circunscripción Judicial del Municipio Vargas, en fecha 22/05/2016, así como la existencia de dichas bienhechurías lo cual se desprende de las declaraciones de los testigos quienes fueron contestes al afirmar lo alegado por los solicitantes, nada obsta para que éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor del ciudadano HERNAN MENDOZA MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.578.137, de conformidad a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Así mismo se hace del conocimiento al ciudadano Registrador de No Protocolizar el presente Título Supletorio sin la autorización expresa de quien corresponde la propiedad.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los siete (07) días del mes de octubre del año dos mil dieciséis (2016).-
AÑOS. 206° de la Independencia y 157º de la Federación.-
EL JUEZ,

WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
LA SECRETARIA,

Abg. DENICE PINTO
En la misma fecha siendo las doce y cuarenta pasado meridiem (12:40 p.m.), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,

Abg. DENICE PINTO