REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
 
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación  y Sustanciación 
 
Maiquetia, 14 de Junio de 2016
 
206º y 157º
 
 
ASUNTO: WP21-H-2016-000250
 
 
Visto el presente convenimiento de Obligación de Deberes celebrado por ante  la Defensoría Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes de la Parroquia Naiguatá, estado vargas, entre la ciudadana ARELYS MAITA PEREZ BARRETO, titular de la cedula de identidad N° V-14.326.937  en beneficio de su hija,  la adolescente,  quien nació el día 01 de junio de 1998,  de diecisiete  (17) años de edad; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con los artículos  315 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.  En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente; CÚMPLASE LO ORDENADO. 
 
La Jueza,
 
 
Abg. María Eugenia Bedoya González
 
		          La Secretaria,
 
 
 
 
 
 |