REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, veintisiete de abril de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: SP01-L-2017-000076
PARTE DEMANDANTE: FRANCISCO RAMÍREZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad n° 3.062.339
APODERADO JUDICIALDE LA PARTE ACTORA: JEAN CARLOS SAYAGO VILLAMIL, inscrito en el I.P.S.A bajo el n° 111.036
PARTE DEMANDADA: PATHON SEGURIDAD 24 C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: SIN CONSTITUIR
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Visto el anterior libelo de demanda interpuesto el 25-04-2017 por el ciudadano Francisco Ramírez González, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad n° 3.062.339, asistido por el abogado Jean Carlos Sayago Villamil, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n° 111.036, actuando con el carácter de demandante, contra la empresa Pathon Seguridad 24 C.A, representada por el ciudadano Felix Manuel Brito González, por cobro de prestaciones sociales, este Tribunal, estando dentro de la oportunidad legal para pronunciarse sobre su admisión, observa:
Alega el demandante que comenzó a laborar el día 28-07-2015 como vigilante al servicio de la empresa Pathon Seguridad 24 C.A, RIF J-404985255, inscrita por ante el Registro Mercantil VII de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda bajo el n° 17, Tomo 436-A-VII de fecha 24-08-2004, posteriormente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz, bajo el n° 74, Tomo 24-A-pro de fecha 25-05-2005, representada por el ciudadano Felix Manuel Brito González. Que fue despedido de manera injustificada el 05-11-2005 y reclama el pago de la garantía de prestaciones sociales (Art. 140-141 LOTTT), indemnización por despido (Art. 92 LOTTT), vacaciones, bono vacacional y utilidades legales y fraccionadas, guardias extras laboradas y no canceladas, salarios retenidos y cesta tickets, para un total de Bs. 55.164,47
Ahora bien, cursa por ante este Tribunal ASUNTO SP01-L-2016-000127, actualmente en fase de ejecución de sentencia, en el cual el ciudadano Francisco Ramírez González, con cédula de identidad n° 3.062.339 demandó a la empresa Pathon Seguridad C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil VII de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda bajo el n° 17, Tomo 436-A-VII de fecha 24-08-2004, posteriormente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz, bajo el n° 74, Tomo 24-A-pro de fecha 25-05-2005, representada por el ciudadano Felix Manuel Brito González.
En dicha causa (SP01-L-2016-000127), se puede constatar que el ciudadano Francisco Ramírez González, acccionante en el ASUNTO SP01-L-2017-000076: 1) Demanda a la misma empresa, pues aunque en la nueva demanda le agrega al nombre el número “24”, los datos de registro son exactamente los mismos de la empresa Pathon Seguridad C.A. 2) La fecha de inicio y de culminación de la relación laboral es la misma: 28-07-2015 al 05-11-2015. 3) El motivo de terminación de la relación laboral es el mismo: Despido injustificado. 4) Los conceptos reclamados son los mismos: garantía de prestaciones sociales (Art. 140-141 LOTTT), indemnización por despido (Art. 92 LOTTT), vacaciones, bono vacacional y utilidades legales y fraccionadas, guardias extras laboradas y no canceladas, salarios retenidos y cesta tickets e incluso la cuantía de la demanda (Bs. 55.164,47)
El 16 de junio de 2016 este Tribunal dictó sentencia en el ASUNTO SP01-L-2016-000127 y declaró con lugar la demanda intentada por el ciudadano Francisco Ramírez González contra la empresa Pathon Seguridad C.A por cobro de prestaciones sociales, acordando el pago de todos y cada uno de los conceptos reclamados nuevamente (ASUNTO SP01-L-2017-000076), quedando revestido dicho fallo del carácter de cosa juzgada, lo que impide cualquier proceso futuro sobre lo ya reclamado.
En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de conformidad con el artículo 124 ejusdem, declara la inadmisibilidad de la demanda intentada por el ciudadano Francisco Ramírez González, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad n° 3.062.339, contra la empresa Pathon Seguridad 24 C.A, representada por el ciudadano Felix Manuel Brito González, por cobro de prestaciones sociales y así se decide.
PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La inadmisibilidad de la demanda intentada por el ciudadano Francisco Ramírez González, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad n° 3.062.339, contra la empresa Pathon Seguridad 24 C.A, representada por el ciudadano Felix Manuel Brito González, por cobro de prestaciones sociales
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Dada, firma y sellada en el Despacho del Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los veintisiete (27) días del mes de abril de dos mil diecisiete (2017). Publíquese la presente decisión. Años 207° y 158°.
La Juez
La Secretaria
Abg. Liliana Duque Rosales
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