REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
SOLICITUD: WP12-S-2017-000172
SOLICITANTE: DELIA JOSEFINA GIL HERNANDEZ
ABOGADO ASISTENTE: PEDRO ANTONIO BARRIOS PEREZ, IPSA N° 41.946
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana DELIA JOSEFINA GIL HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación de sus hijos ANTONIO JOSE GARCIA GIL, JUAN JOSE GARCIA GIL y MARIA LAURA GARCIA GIL, debidamente asistida por el abogado en ejercicio PEDRO ANTONIO BARRIOS PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41946, mediante la cual solicitó se les declare a ella y a los ciudadanos antes mencionados, Únicos y Universales Herederos, respecto al de-cujus JOSE DOLORES GARCIA HIDALDO, ex titular de la cédula de identidad número V-4.825.454, fallecido en fecha 12/08/2016, según Acta de Defunción N° 899, de fecha 13/08/2016, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante y sus representados por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos DELIA JOSEFINA GIL HERNANDEZ, ANTONIO JOSE GARCIA GIL, JUAN JOSE GARCIA GIL y MARIA LAURA GARCIA GIL, titulares de las cédulas de identidad números V-7.992.236, V-20.006.444, V-21.191.973 y V-25.174.695, respectivamente, en su orden con respecto al de cujus JOSE DOLORES GARCIA HIDALGO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los cinco (05) días del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017).-AÑOS. 206° de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZA,
ABG. ANGIE MURILLO
LA SECRETARIA,
Abg. NEYLA VELASQUEZ
En la misma fecha siendo las 10:19 a.m., se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
Abg. NEYLA VELASQUEZ
AM/NV/Yaneiza
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