REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2016-001841
SOLICITANTE: ERIKA DEL VALLE BURGOS CEDEÑO
ABOGADO ASISTENTE: JAVIER PARRA, IPSA N° 168.914.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada la ciudadana Erika del Valle Burgos Cedeño, asistida de abogado, mediante la cual solicitó se le declare a ella y a los ciudadanos ALICIA JOSEFINA CEDEÑO, CARLOS ENRIQUE BURGOS CEDEÑO y JEAN CARLOS BURGOS CEDEÑO, Únicos y Universales Herederos, respecto al de-cujus CARLOS ENRIQUE BURGOS TOVAR, ex titular de la cédula de identidad número V-3.611.296, fallecido en fecha 22/11/2016, según Acta de Defunción N° 1259, de fecha 23/11/2016, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ERIKA DEL VALLE BURGOS CEDEÑO, ALICIA JOSEFINA CEDEÑO, CARLOS ENRIQUE BURGOS CEDEÑO y JEAN CARLOS BURGOS CEDEÑO, titulares de las cédulas de identidad números V-15.544.010, V-3.149.910, V-12.165.248, y V-12.864.200, respectivamente, con respecto al de cujus CARLOS ENRIQUE BURGOS TOVAR, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.611.236, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los veinticuatro (24) días del mes de Abril del año dos mil diecisiete (2017).-AÑOS. 207° de la Independencia y 157º de la Federación.-
LA JUEZ,

Dra. MERLY VILLARROEL
LA SECRETARIA,

Abg. YARISNEL PAREDES
En la misma fecha siendo las (12:05 am), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,

Abg. YARISNEL PAREDES



MV/YP/dioni.-