REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Violencia contra la Mujer. Tribunal de Primera Instancia en función de Control.
San Cristóbal, 3 de Agosto de 2017
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : SP21-P-2016-011906
ASUNTO : SP21-P-2016-011906
ACTA DE AUDIENCIA ORAL DE VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
En el día de hoy, 03 DE AGOSTO DE 2017 siendo las 11:10 A. M.; previo lapso de espera, por éste Tribunal Segundo en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, realiza el día de hoy Audiencia para verificar las condiciones de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal. Acto seguido, se constituyó el Tribunal segundo, integrado por la ABG. MARY FRANCY ACERO SOTO como Jueza en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres de este Circuito Judicial Penal, y la Abogada ABG. MARIA ANDREINA COLMENARES PARRA, actuando como Secretaria de este Tribunal. En este estado, se procede a verificar la presencia de las partes, verificando que se encuentran presentes en este acto, la representante FISCAL 06° DEL MINISTERIO PÚBLICO JUAN ALEXIS SANCHEZ EN COLABORACION CON LA FISCALIA 28°, EL IMPUTADO: YORVER FRANK JUAREZ MORA natural de San Cristóbal estado Táchira, con cédula de identidad Nro.19.097.367,. 30 Años de edad, de profesión u oficio comerciante, residenciado en la tendida sector la primavera vía san Simon casa 512, vía Hernández Km. 3 del estado Táchira, número de teléfono: 0414-0792475 (Josefa mora madre) 0426-3269619, quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de ACOSO Y HOSTIGAMIENTO Y VIOLENCIA PSICOLOGICA PREVISTO y sancionado en el artículo 39 Y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana ENDIRA ZAMBRANO ARELLANO, acompañado de su defensora ABG. NATHALY TORO DEFENSORA PUBLICA AUX. N° 1. En este estado y vista la comparecencia de las partes se da inicio a la Audiencia Oral de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones por Suspensión Condicional del Proceso dictadas en fecha 3 de Agosto de 2016, consistentes las mismas en: 1.-Asistir a dos charlas con el equipo interdisciplinario 2.-Someterse al proceso, 3.- Se le mantienen las medidas de protección y seguridad establecidas de los ordinales 5,6 y 13 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. 4.- Se ordena proveer las copias solicitadas. Asimismo en caso de cumplimiento de las obligaciones impuestas se decretará el Sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 49.7 de la norma adjetiva penal y por incumplimiento se procederá a dictar sentencia condenatoria en virtud de la admisión de hechos realizada por el acusado en este acto. Se ordena proveer las copias solicitadas.4-. Donar dos mercados por diez mil bolívares cada seis meses en el ancianato de la Tendida municipio SAMUEL DARIO MALDONADO por el lapso de un año. Tomando la palabra la ciudadana Jueza, Abogada MARY FRANCY ACERO SOTO, Segunda en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, cede la palabra a la Representación Fiscal para que exponga en forma oral, tomando la palabra al FISCAL 06° en colaboración con la 28° DEL MINISTERIO PÚBLICO, quien manifestó lo siguiente: “Visto el contenido de las actas que conforman el expediente y a las obligaciones asignadas en el acto de Audiencia Preliminar, solicito al tribunal le verifique el cumplimiento de las obligaciones y decida conforme a derecho. Es Todo.” Seguidamente, el Tribunal le ratifica al imputado las Garantías Constitucionales previstas en el Artículo 49 Ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los Artículos 132 y 133 del Código Orgánico Procesal Penal y procede a cederle la palabra al acusado YORVER FRANK JUAREZ MORA plenamente identificado en autos, quien habiendo sido impuesto del precepto constitucional siendo las 10:15 AM, expuso: "Yo cumplí con las obligaciones, y consigno las constancias, y solicito copias certificadas del acta es todo”. Seguidamente se le concede la palabra a la Defensa DEFENSORA PÚBLICA ABG. NATHALY TORO, quien expone lo siguiente: “en virtud de que mi representado cumplió con todas las obligaciones impuestas por este Tribunal en la Celebración de la Audiencia Preliminar, solicito el sobreseimiento de la causa. Y solicito copias simples la cual consigna del acta y del auto motivado. Es todo.” Seguidamente el Tribunal oída lo expuesto por el Acusado, su defensa publica y el Ministerio Público, este Tribunal Especializado, pasa a realizar los siguientes pronunciamientos, bajo las siguientes consideraciones: finalizado el plazo de Régimen de Prueba y luego de verificado el total y cabal cumplimiento de todas las obligaciones impuestas, donde informa al tribunal que el ciudadano YORVER FRANK JUAREZ MORA cumplió con la de hacer las donaciones, así como las charlas y respetó las Medidas de Protección y Seguridad que le fueron impuestas, se declara con lugar lo solicitado por la Representación Fiscal como de la Defensa Publica y en tal sentido este Juzgado Especializado en Funciones de Control con Competencia en Delitos de Violencia Contra La Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano YORVER FRANK JUAREZ MORA de conformidad con los artículos 49 ordinal 7°, en concordancia con el artículo 300 ordinal 3 y 301 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena hacer cesar la persecución penal en contra del referido ciudadano y consecuencialmente se DECIDE LA EXTINCION DE LA ACCIÓN PENAL, DECLARANDOSE COSA JUZGADA Y EL CESE DE TODAS LAS MEDIDAS Y SE DECRETA LA LIBERTAD PLENA. Se ordena el archivo del expediente una vez cumplido el lapso de ley Y ASI SE DECIDE. DISPOSITIVA Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO PRIMERO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley decreta UNICO: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano YORVER FRANK JUAREZ MORA de conformidad con los artículos 49 ordinal 7°, en concordancia con el artículo 300 ordinal 3 y 301 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena hacer cesar la persecución penal en contra del referido ciudadano y consecuencialmente LA EXTINCION DE LA ACCIÓN PENAL, DECLARANDOSE COSA JUZGADA Y EL CESE DE TODAS LAS MEDIDAS Y SE DECRETA LA LIBERTAD PLENA. Se ordena el archivo del expediente una vez cumplido el lapso de ley Y ASI SE DECIDE. Se deja constancia que se cumplieron con todas las formalidades exigidas por ley, para la realización de la presente Audiencia, quedando Notificadas las partes de la presente decisión. Se acuerdan proveer las copias solicitadas a las partes. Culminó el presente acto siendo las (11:40 A.M), Es todo Terminó, se leyó y conformes firman.-
ABG. MARY FRANCY ACERO SOTO
Jueza del Tribunal de control, Audiencias y Medidas N° 2
ABG: JUAN ALEXIS SANCHEZ
FISCAL 06° EN COLABORACION CON LA 28° DEL MINISTERIO PÚBLICO
YORVER FRANK JUAREZ MORA
IMPUTADO
ABG. NATHALY TORO
DEFENSORA PÚBLICA AUX. N°1
ABG. MARIA ANDREINA COLMENARES PARRA
SECRETARIA
ALGUACIL
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