TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, diez (10) de agosto de dos mil diecisiete.-
AÑOS: 207° y 158°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de UN (01) folio útil y SIETE (07) folios de recaudo consignados en la presente fecha, por la ciudadana: LILIAN LEAL DE TERÁN, venezolana, mayor edad, titular de la cedulad e identidad Nros. V-1.517.533, asistida por la abogada en ejercicio CARMEN RODRIGUEZ TERAN, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nros. V-12.974.641, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 95.959 en el cual expone: que el día 02 de junio de 2017, falleció el ciudadano JOSE ANTONIO TERÁN LEAL, quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, abogado, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-9.227.604, quien estuvo domiciliado en Barrio Obrero, carrera 16, casa No 10-64, San Cristóbal, estado Táchira; quien tuvo su deceso en el “ CENTRO QUIRURGICO EL SAMAN” a causa de “ SX UREMICO SEVERO, INSUFICIENCIA RENAL AGUDA, SÍNDROME DE INMUNODEFICIENCIA.” según Certificado de Defunción N° 3189907, de fecha 02/06/2017, expedido por la Doctora YULI MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° V-9.466.928; tal y como se desprende de la Acta de Defunción N° 527, levantado el 02 de junio de 2017, por ante el Registro Civil del estado Táchira, Municipio San Cristóbal, Parroquia San Juan Bautista habiendo presentado la solicitante los siguientes recaudos:
Copia certificada de Registro de Defunción N° 527 del año 2017, perteneciente a “JOSE ANTONIO TERÁN LEAL”, expedida el 08 del mes de agosto de 2017, por el Registro Civil de la Parroquia La San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, estado Táchira.
Copia Certificada del acta de Nacimiento No 399 del año 1976, perteneciente a: “JOSE ANTONIO” expedida el 11 de julio de 2017, por el Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal estado Táchira.
Copia certificada de Acta de Defunción No 453 del año 1997, perteneciente a “JOSE NATIVIDAD TERÁN”, expedida el 20 de junio de 1997, por la Prefectura de la Parroquia la Concordia Municipio San Cristóbal.
Copias simples de Cédulas de Identidad Nros. V-9.227.604, V-1.005.764 y V-1.517.533 perteneciente a los ciudadanos: JOSE ANTONIO TERAN LEAL, JOSE NATIVIDAD TERÁN y LILIA LEAL DE TERÁN en su orden.
Justificativo de Testigos, evacuado el 09 de agosto de 2017, por ante el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, donde rindieron su testimonio los ciudadanos: JUAN CARLOS CARRILLO BOHORQUEZ y JOSE GREGORIO SANCHEZ CASANOVA, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la cedulas de identidad Nros. V- 14.502.590 y V-9.223.081; quienes fueron contestes al declarar que les consta que el causante JOSE ANTONIO TERAN LEAL, dejo como Única y Universal Heredera a su progenitora, que a continuación se especifica.
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: LILIA LEAL DE TERAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No V-1.517.533 en su carácter de Progenitora del causante JOSE ANTONIO TERÁN LEAL, el carácter de UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA; y así se decide.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.

Ana Lola Sierra
Juez

Wendy Katherine Zafra R.
Secretaria
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 5312, siendo las nueve de la mañana (09:00 AM) y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.-


WENDY KATHERINE ZAFRA
Secretaria