REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SANTA ANA, OCHO (08) DE AGOSTO DE 2017.-
207º y 158º
Vista la solicitud de ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS incoada por la ciudadana MARÍA CRISTINA ARELLANO DE RIVERA, con cédula de identidad Nº 3.196.052, asistida por el Abogado Israel Iván Méndez Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 198.923 y de conformidad con el Acta de Defunción N° 52 de fecha 06 de junio 2017, expedida por el CONCEJO NACIONAL ELECTORAL COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL DEL MUNICIPIO CÓRDOBA, ESTADO TÁCHIRA, perteneciente al de Cujus ANTONIO SANTOS RIVERA ARELLANO, quien fue venezolano, titular de Cédula de Identidad Nº:V-11.498.888, quien era domiciliado en la calle 3 casa N° 4, Urbanización el Diamante II, Santa Ana Municipio Córdoba estado Táchira, inserta en los folios cinco y seis. Así como la Partida de Nacimiento, perteneciente al de Cujus, ANTONIO SANTOS RIVERA ARELLANO, venezolano, titular de la cédula de identidad N°V- 11.498.888, N° 2359 de fecha 23 de noviembre 1972, que corre en el folio 7; expedida por la Prefectura del Municipio Libertador Jefatura Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital.- En concordancia de las actuaciones de fecha 03 de agosto del presente año, que rielan de los folios 12 al 17 del presente expediente, contentivas de las declaraciones de los ciudadanos:
1) MARIÑO DE USECHE BERNARDA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-4.428.107.
2) OCHOA DE SÁNCHEZ DORIS OFELIA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-5.210.374.
3) MENDOZA CALATAYU CARMEN YOLANDA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-13.032.986.
ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, la declara suficiente para asegurarle a la ciudadana: MARÍA CRISTINA ARELLANO DE RIVERA, venezolana titular de la cedula de identidad N°: V- 3.196.052, en su condición de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, Madre de ANTONIO SANTOS RIVERA ARELLANO, quien falleció ab-intestato en fecha 05 de junio del año 2017, Municipio Córdoba, Santa Ana, Estado Táchira, según consta de acta N° 52 de Defunción ut supra descrita. Conforme al Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a la interesada y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-
ABG. JESÚS ALEXANDER LANDINEZ NIÑO
JUEZ SUPLENTE.
ABG. CARMEN OMAIRA ROSALES MOLINA.
SECRETARIA TEMPORAL
En la misma fecha se entregaron los originales a la parte solicitante y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal. Exp: 2955
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