REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

ASUNTO: WP12-S-2017-001032
SOLICITANTES: ZORAIDA DEL VALLE MARTINEZ GLOD.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, interpuesta por la ciudadana ZORAIDA DEL VALLE MARTINEZ GLOD, actuando en nombre propio y en representación de sus hermanos NOHELYS JOSEFINA MARTINEZ GLOD, DERLY ANNELISSE MARTINEZ GLOD, MILAGRO MARISELA MARTINEZ GLOD y TONNY JOSUE MARTINEZ GLOD, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto a los De-Cujus: HECTOR AMBROSIO MARTINEZ y ANGELA GLOD DE MARTINEZ, quienes fallecieron en fecha 10/12/2005 y 02/04/2017, respectivamente, y quienes en vida fueran titular de las cédulas de identidad Nros. V.- 803.750 y V.-1.456.934, respectivamente. Asimismo, vistas las probanzas aportadas y analizadas, se evidencia que cursa a los autos los siguientes documentos: Copia certificada de las Actas de defunción de los De-cujus HECTOR AMBROSIO MARTINEZ y ANGELA GLOD DE MARTINEZ, Copia certificada de las Actas de nacimiento de los ciudadanos ZORAIDA DEL VALLE MARTINEZ GLOD, NOHELYS JOSEFINA MARTINEZ GLOD, DERLY ANNELISSE MARTINEZ GLOD, MILAGRO MARISELA MARTINEZ GLOD y TONNY JOSUE MARTINEZ GLOD, Acta de defunción del De-cujus TONNY JOSUE MARTINEZ GLOD, así como actas de nacimiento de sus descendientes (GLIZET DEL VALLE MARTINEZ SULBARAN y GLETSI ALEJANDRA MARTINEZ SULBARAN), respectivamente, y copias fotostáticas de las cédulas de identidad, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por los mencionados ciudadanos, quienes fueron contestes al afirmar que conocen a los mismos y les consta el fallecimiento de la causante y su filiación con los herederos como hijos y nietos. Examinadas las pruebas, se demuestra correspondencia con los hechos alegados por la parte solicitante, motivo por el cual este Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes, por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos; ZORAIDA DEL VALLE MARTINEZ GLOD, NOHELYS JOSEFINA MARTINEZ GLOD, DERLY ANNELISSE MARTINEZ GLOD, MILAGRO MARISELA MARTINEZ GLOD, y a GLIZET DEL VALLE MARTINEZ SULBARAN y GLETSI ALEJANDRA MARTINEZ SULBARAN (descendientes del de-cujus TONNY JOSUE MARTINEZ GLOD), venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nros. V.- 4.120.028, V.- 5.576.951, V.- 6.481.437, V.- 5.093.283, V.- 17.711.038 y V.- 17.710.754, en su orden, con respecto de los de cujus HECTOR AMBROSIO MARTINEZ y ANGELA GLOD DE MARTINEZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Expídanse las copias que solicite la parte interesada. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los nueve (09) días del mes de Agosto del año dos mil diecisiete (2017). AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.
LA JUEZA,

ABG. ANGIE MURILLO
LA SECRETARIA ACC,

NADIUSCA MILLAN
En la misma fecha siendo las 3:14 p.m., se publicó y registró la anterior sentencia. LA SECRETARIA ACC,

NADIUSCA MILLAN



AM/NM//Eira.-