REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2017-000586
SOLICITANTE: NILO RAFAEL ARREDONDO ROJAS, IPSA N° 201.784.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada por el ciudadano NILO RAFAEL ARREDONDO ROJAS, titular de la cédula de identidad número V-3.890.428, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 201.784, actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos NELY JOSEFINA ARREDONDO DE HUERFANO, ELIA ANTONIA ARRENDONDO DE VILLARROEL, JOSE ANTONIO ARREDONDO ROJAS, LUISA RAFAELA ARREDONDO ROJAS Y CARMEN LUISA ARREDONDO DE NAVARRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-3.890.124, V-4.120.116, V-3.366.030, V-5.096.974, y V-6.482.776, respectivamente, mediante la cual solicitó se les declare a él y a los ciudadanos antes mencionados, Únicos y Universales Herederos, respecto al de-cujus JESUS RAFAEL ARREDONDO ROJAS, ex titular de la cédula de identidad número V- 5.096.973, fallecido en fecha 24/01/2017, según Acta de Defunción N° 13, folio N° 13, de fecha 25/01/2017, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas, del estado Vargas, asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos NILO RAFAEL ARREDONDO ROJAS, NELY JOSEFINA ARREDONDO DE HUERFANO, ELIA ANTONIA ARRENDONDO DE VILLARROEL, JOSE ANTONIO ARREDONDO ROJAS, LUISA RAFAELA ARREDONDO ROJAS Y CARMEN LUISA ARREDONDO DE NAVARRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-3.890.428, V-3.890.124, V-4.120.116, V-3.366.030, V-5.096.974, y V-6.482.776, respectivamente, en su orden, con respecto al de cujus JESUS RAFAEL ARREDONDO ROJAS, ex titular de la cédula de identidad número V-5.096.973, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Vargas, en Maiquetía, al primero (1°) de agosto del año dos mil diecisiete (2017).-AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZA,

ABG. CARMEN NATHALIE MARTINEZ ALVAREZ
LA SECRETARIA,

ABG. MARY ANGIE MARIN
En la misma fecha siendo la una de la tarde (01:00 pm), se publicó y registró la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,

ABG. MARY ANGIE MARIN