REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2017-001197
SOLICITANTE: WILMER ANTONIO TOLEDO ALAYON
ABOGADO ASISTENTE: CARLOS MEDINA MEZA, IPSA N° 43.208
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud presentada por el ciudadano Wilmer Antonio Toledo Alayon, actuando en su nombre y en representación de sus hermanos William José Toledo Alayon, Yariska Isabel Toledo Alayon y José Jesús Toledo Alayon, asistido de abogado mediante la cual solicitó se le declare, a él y a sus hermanos, Únicos y Universales Herederos, respecto al de-cujus William José Toledo, quien en vida fue titular de la cédula de identidad número V-5.577.105, fallecido en fecha 01/02/2016, según Acta de Defunción N° 26, de fecha 02/02/2016, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho del solicitante y sus hermanos, por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos WILMER ANTONIO TOLEDO ALAYON, WILLIAM JOSE TOLEDO ALAYON, YARISKA ISABEL TOLEDO ALAYON y JOSE JESUS TOLEDO ALAYON, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad números V-14.312.637, V-14.312.636, V-19.445.045, V-16.508.459, en su orden, con relación al de-cujus WILLIAM JOSE TOLEDO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los siete (7) días del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017).-AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZA,
ABG. CARMEN N. MARTINEZ
LA SECRETARIA,
Abg. MARY ANGIE MARIN
En la misma fecha siendo las tres y veinte de la tarde (03:20 p.m.), se publicó y registró la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
Abg. MARY ANGIE MARIN
CNM/MAM/MALYURI