JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, quince (15) de diciembre de dos mil diecisiete.
AÑOS: 207° y 158°
Vista la transacción celebrada en fecha, catorce (14) de diciembre de 2017, entre la parte actora, ciudadano LUIS ALEXANDER SALINAS AVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.152.360, asistido por el abogado en ejercicio ORLANDO URBINA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.989, y la parte demandada, los ciudadanos ELBA KARELIS CARRERO MENDEZ, FELICITAS MARÍA CHACON DE ESCALANTE y LUIS ANTONIO ESCALANTE GUERRERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.156.540, V-2.893.934 y V-3.431.237, en su orden, así como también consta en la presente transacción la anuencia de la ciudadana YAJAIRA COROMOTO ESCALANTE DE VELAZCO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-10.145.894, asistidos los por la abogada en ejercicio BLANCA HAYMARA GÓMEZ URBINA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-5.662.136, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 117.811; observando esta operadora de justicia que dicho acto no es contrario a derecho, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Déjese copia certificada de este auto para el archivo del Tribunal.
ANA LOLA SIERRA
JUEZ TEMPORAL
WENDY ZAFRA
SECRETARIA ACCIDENTAL
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión quedando registrada bajo el N° 5375, siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m), se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
WENDY ZAFRA
SECRETARIA ACCIDENTAL
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