REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
SOLICITUD: WP12-S-2017-001853
SOLICITANTES: YANT JOSEFINA MADRIZ DE ATENCIO, EDIXSON GILBERTO ATENCIO PEREZ, GILBERTO ENRIQUEZ ATENCIO GOMEZ, ERNESTO JESUS ATENCIO GOMEZ Y EDGAR GILBERTO ATENCIO GOMEZ.
APODERADO JUDICIAL: JEAN CARLOS QUIJADA VILLEGAS, IPSA: 208.546
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por los ciudadanos YANET JOSEFINA MADRIZ DE ATENCIO, EDIXSON GILBERTO ATENCIO PEREZ, GILBERTO ENRIQUE ATENCIO GOMEZ, ERNESTO JESUS ATENCIO GOMEZ Y EDGAR GILBERTO ATENCIO GOMEZ, asistidos de abogado, mediante la cual solicitó se les declare Únicos y Universales Herederos, respecto al De-Cujus EDECIO GILBERTO ATENCIO, ex titular de la cédula de identidad número V.- 4.117.875, fallecido en fecha 21/05/2017, según Acta de Defunción N° 44, de fecha 23/05/2017, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Urimare, del Municipio Vargas del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos YANET JOSEFINA MADRIZ DE ATENCIO, EDIXSON GILBERTO ATENCIO PEREZ, GILBERTO ENRIQUE ATENCIO GOMEZ, ERNESTO JESUS ATENCIO GOMEZ Y EDGAR GILBERTO ATENCIO GOMEZ, titulares de las cédulas de identidad números V-6.447.929, V- 12.461.132, V- 14.768.106, V- 17.155.444 y V-13.042.522 respectivamente, con respecto al de cujus EDECIO GILBERTO ATENCIO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por éste Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los quince (15) días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017).-AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZ,
ABG. CARMEN NATHALIE MARTINEZ
LA SECRETARIA
ABG. MARY ANGIE MARIN GARCIA
En la misma fecha siendo las dos y cuarenta de la tarde (02:40 pm.), se publicó y registró la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA
ABG. MARY ANGIE MARIN GARCIA
CNM//MAMG//Gladysmar.-
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