REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 11 de Enero de 2017
206º y 157º

ASUNTO: WP21-H-2016-000607


Visto el presente convenimiento de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar celebrado por ante la Defensoría Municipal Nº 1 de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos: SIMON OSWALDO GUEVARA GONZALEZ y LEYDI MARIAN BERMUDEZ VERA, titulares de las cedulas de identidad Nº V-15.266.249 y V-18.536.081, respectivamente, en beneficio de las adolescente, de trece (13) años de edad ambas, nacidas 05-08-2003, se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con el artículo 386 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
La Juez,

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria,