REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 11 de Enero de 2017
206º y 157º

ASUNTO: WP21-H-2016-000849


Visto el presente convenio de Homologación de obligación de manutención, celebrado por ante la DEFENSORIA MUNICIPAL de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos: PEDRO JOSE MARTINEZ y ZAPHIR GODOY GUTIERREZ, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 16.681.923 y V-18.930.119, respectivamente, actuando en beneficio en interés de la niña: de ocho (08) años de edad fecha de nacimiento 17-10-2008, este Tribunal le da entrada, lo anota en los libros respectivos y la ADMITE, cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con el artículo 385 y 386 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
La Juez,


Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria,